Agente de litigios defensor
1. ¿Cuál es la diferencia entre un defensor y un agente litigante?
1. Objetos diferentes:
El primero se dirige a los presuntos delincuentes y a los imputados en causas públicas y a los imputados en causas privadas, mientras que el segundo se dirige a los acusadores, víctimas y acusados particulares. Establecido por las partes del litigio civil adjunto.
2. Los defensores y agentes contenciosos acceden al proceso penal por distintas vías:
Los primeros también pueden acceder al proceso mediante nombramiento judicial, salvo encomienda. Cuando un agente entabla una demanda, su cliente le confía la tarea de entablar la demanda.
3. El estatus de defensa y agencia son completamente diferentes.
El primero tiene un estatuto independiente y no se ve afectado por la voluntad del sospechoso de un delito ni está sujeto a la injerencia de grupos individuales como tribunales y fiscalías. Este último debe operar dentro del ámbito de la autorización legal del mandante, porque las acciones del mandante no sólo tienen el mismo efecto que las del mandante, sino que también tienen plenos efectos jurídicos.
II. Derecho Procesal del Litigio de Agente
1. Determinación del Litigio de Agente Legal
(1) Persona sin capacidad para la conducta civil o con capacidad limitada para la conducta civil. conducta El tutor de una persona es su representante legal.
(2) Si el tutor no se ha determinado de antemano, se puede determinar mediante negociación por parte de una persona con calificaciones de tutela. Si la negociación fracasa, el Tribunal Popular designará un representante legal para litigar en su nombre.
(3) Si los agentes legales se pasan la pelota entre sí, el tribunal popular designará a uno de ellos para que actúe como agente en el litigio.
2. Determinación del agente litigante encomendado
(1) Las siguientes personas pueden actuar como agentes encomendados.
1 Abogados;
2. Familiares cercanos de los involucrados
3. Personas recomendadas por organizaciones o unidades sociales relevantes; >Personas Otros ciudadanos permitidos por el tribunal.
(2) Las siguientes personas no pueden actuar como agentes autorizados.
1. Una persona sin capacidad para conducta civil;
2. Una persona con capacidad limitada para conducta civil;
3. intereses del cliente;
4. El tribunal popular considera que la persona no es apta para actuar como agente litigante.
3. Autorización general y autorización especial
(1) Autorización especial: El agente litigante debe tener _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Calificaciones
(2) Autorización general: Si el poder solo dice "plena autoridad" sin autorización específica, no es una autorización especial.
4. Cuestiones especiales en casos de divorcio
(1) En los procedimientos de divorcio, incluso si designo un abogado litigante, de todos modos debo comparecer ante el tribunal.
(2) Si no puede comparecer ante el tribunal debido a circunstancias especiales, debe presentar una opinión por escrito al tribunal.
(3) Al no poder expresar voluntad, no es necesario comparecer ante el tribunal. Pero sus representantes legales deberían comparecer ante el tribunal.
Por supuesto, en casos civiles, también podemos invitar directamente a abogados u otros familiares cercanos para que actúen como agentes litigantes. Sin embargo, en casos civiles, el título de abogado pertenece al agente y las opiniones de representación presentadas. También son agentes generales. Sólo cuando se trata de una causa penal, la identidad del abogado pertenece al defensor, y el agente litigante sólo puede formarse mediante encomienda, y el defensor tiene un estatus independiente.