Régimen jurídico de revocación de oferta
¿Cuáles son las reglas respecto a la revocación de una oferta? La revocación de una oferta significa que el oferente tiene la intención de hacer que la oferta pierda su efecto legal después de que la oferta adquiera efectos legales pero antes de que el destinatario la acepte. La diferencia entre el retiro de una oferta y el retiro de una oferta es que el retiro de una oferta ocurre antes de que la oferta entre en vigencia, mientras que el retiro de una oferta ocurre después de que la oferta entre en vigencia; la oferta que no tenga efectos legales quedará sin efecto, mientras que el retiro de una oferta será efectiva siempre que llegue antes o en; al mismo tiempo que la oferta, mientras que una notificación de retiro de una oferta no ocurre necesariamente si llega al destinatario antes de que éste envíe una notificación de aceptación. La oferta no podrá revocarse en las circunstancias especiales previstas por la ley. Artículo 476 del Código Civil. Una oferta puede ser revocada, salvo en una de las siguientes circunstancias: (1) El oferente ha dejado claro que la oferta es irrevocable mediante la determinación del plazo de compromiso o de otra manera (2) El destinatario ha; Razones para creer que la oferta es irrevocable y que se han hecho preparativos razonables para la ejecución del contrato. Artículo 477 Si la manifestación de la intención de cancelar una oferta se hace mediante el diálogo, el contenido de la manifestación de la intención debe ser conocido por el destinatario antes de que éste haga la aceptación si la manifestación de la intención de cancelar una oferta se hace de manera no formal; -forma de diálogo, debe llegar al destinatario antes de que éste haga su aceptación. Lo anterior es "¿Cuáles son las regulaciones sobre la cancelación de descuentos?" Compilado por editores en línea. Si aún tiene preguntas, puede consultar a nuestros abogados profesionales directamente en línea.
Objetividad jurídica:
El artículo 476 del Código Civil establece que una oferta podrá ser revocada, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias: (1) Que el oferente supere el Determinar el plazo de compromiso o dejar claro de otro modo que la oferta es irrevocable; (2) El destinatario tiene motivos para creer que la oferta es irrevocable y ha hecho preparativos razonables para la ejecución del contrato.