¿Cómo deben los presuntos delincuentes detenidos realizar servicios meritorios?
1. El servicio meritorio debe ser el comportamiento del propio criminal. , es decir, si sus familiares y amigos informan directamente a las autoridades pertinentes. El comportamiento delictivo de otros no se considera un servicio meritorio del delincuente.
2. Los materiales utilizados para denunciar los delitos de otras personas deben indicar los hechos delictivos específicos. Si no existe un comportamiento de "exposición" que aclare claramente los hechos delictivos específicos, no puede considerarse un servicio meritorio.
3. Si un delincuente denuncia y expone el comportamiento delictivo de otros y proporciona pistas importantes para resolver otros casos, y se debe verificar la verdad, puede considerarse un servicio meritorio. Si las pistas proporcionadas por el sospechoso de un delito no tienen ningún efecto práctico para resolver el caso y capturar a los delincuentes, no pueden considerarse un servicio meritorio.
Por lo tanto, la policía debe decidir en función del caso real si un sospechoso de un delito que proporciona pistas sobre el caso y expone el comportamiento delictivo de otros será considerado en última instancia como servicio meritorio. Si realmente funciona, debería considerarse un servicio meritorio.
Base jurídica: “Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre Diversas Cuestiones Relativas a la Aplicación Específica del Derecho en la Tramitación de Casos de Entrega y Meritorios”.
Artículo 5 Según el primer párrafo del artículo 68 de la Ley Penal, los delincuentes que denuncian y exponen la conducta delictiva de otras personas después de llegar al caso incluyen * * * co-delincuentes que informan y exponen otros delitos distintos de el mismo delito, si se verifica que es cierto; proporcionar pistas importantes para detectar otros casos, si se verifica que son ciertos; ayudar a los órganos judiciales a arrestar a otros sospechosos de delitos (incluidos otros coacusados); actuaciones que sean beneficiosas para el país y la sociedad, deben considerarse como un servicio meritorio.
Artículo 7 De acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 68 de la Ley Penal, los delincuentes denuncian y exponen los actos delictivos importantes de otros, cuya veracidad se verifica, proporcionan pistas importantes para la detección de otros actos delictivos importantes; casos, y se verifica que son ciertos para detener las principales actividades delictivas de otras personas para ayudar a las autoridades judiciales a arrestar a otros sospechosos de delitos importantes (incluidos los coacusados para hacer otras contribuciones importantes al país y la sociedad); importantes servicios meritorios. Las normas para "delitos graves", "casos graves" y "sospechosos de delitos graves" mencionadas en el párrafo anterior se refieren generalmente a sospechosos o imputados de delitos que pueden ser condenados a cadena perpetua o más, o el caso se encuentra en esta provincia, región autónoma. , municipio directamente dependiente del Gobierno Central o situaciones de alcance nacional con impacto significativo.