¿Quién puede declarar inválida una patente?
El artículo 45 de la Ley de Patentes estipula que a partir de la fecha en que el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado anuncie la concesión de derechos de patente, cualquier unidad o individuo que considere que la concesión de derechos de patente no cumple con las disposiciones pertinentes de esta Ley podrá solicitar a la Junta de Reexamen de Patentes que declare inválidos los derechos de patente. No hay límite de tiempo para la invalidación. Si tiene objeciones a la novedad de una solicitud de patente de invención previa a la concesión, puede enviar una declaración de opinión a la Oficina de Patentes para expresar sus opiniones sobre la solicitud de patente en disputa y presentar de inmediato pruebas, como documentos de patente o no patentes relacionados con la tecnología de fondo.
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