Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Un contrato de donación sólo es legalmente vinculante si lo firma el donante?

¿Un contrato de donación sólo es legalmente vinculante si lo firma el donante?

Análisis jurídico: Un contrato de donación es un contrato no vinculante. La intención de una de las partes puede tener efectos jurídicos una vez reconocida por la otra parte. Es decir, en un contrato de donación, sólo la firma del donante puede tener efectos jurídicos. Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando todas las partes lo firmen, lo sellen o tomen sus huellas dactilares. Sin embargo, el establecimiento de un contrato y la efectividad de un contrato son dos conceptos diferentes en derecho. El establecimiento de un contrato no necesariamente hace que el contrato sea efectivo. En lo que respecta a los contratos de donación, es necesario que se cumplan las condiciones legales para que la donación sea efectiva.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 657: Un contrato de donación significa que el donante dona su propiedad al donatario gratuitamente, y el donatario expresa aceptación Contrato de donación.

Artículo 502 El contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes. De conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, si el contrato necesita ser aprobado, prevalecerá lo dispuesto. Si la falta de aprobación y otros procedimientos afecta la validez del contrato, no afectará el cumplimiento de las cláusulas de aprobación y otras obligaciones del contrato ni la validez de las cláusulas pertinentes. Si la parte que debe pasar por los procedimientos de aprobación no cumple con sus obligaciones, la otra parte podrá exigirle que asuma la responsabilidad por incumplimiento de obligaciones. La modificación, transmisión y resolución del contrato estarán sujetas a aprobación de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos y se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 490: Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando las partes firmen, sellen o tomen la huella. Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales, y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta. El contrato se celebrará por escrito según lo estipulado por las leyes, reglamentos administrativos o acordado por las partes. Si las partes no lo hacen por escrito, pero una parte ha cumplido su obligación principal y la otra la ha aceptado, se forma un contrato.