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Forma de Sentencia en lo Contencioso Administrativo

Análisis jurídico: 1. Desestimar la pretensión del demandante. 2. Revocar la sentencia. 3. Cambie el veredicto.

Base jurídica: “Ley de Litigios Administrativos de la República Popular China”

Artículo 69: La prueba de un acto administrativo es concluyente, las leyes y reglamentos aplicables son correctos y cumple con los procedimientos legales, o el demandante solicita el cumplimiento por parte del demandado. Si no se establecen los motivos de los deberes legales o de las obligaciones de pago, el tribunal popular decidirá desestimar la reclamación del demandante.

Artículo 70: Si un acto administrativo concurre en alguna de las siguientes circunstancias, el tribunal popular dictará sentencia para revocarlo o revocarlo parcialmente, pudiendo además ordenar al demandado que practique un nuevo acto administrativo:

(1) Pruebas principales insuficientes;

(2) Aplicación incorrecta de leyes y reglamentos;

(3) Violación de procedimientos legales;

(4) Exceso de autoridad;

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(5) Abuso de poder;

(6) Claramente inapropiado.

Artículo 71: Si el tribunal popular decide que el demandado debe emprender nuevamente una acción administrativa, el demandado no deberá emprender una acción administrativa que sea básicamente la misma que la acción administrativa original basada en los mismos hechos y motivos. . Cuando se repita la sentencia del tribunal, la agencia administrativa no realizará el mismo acto que el acto original basado en la misma base fáctica, excepto cuando las razones fácticas principales hayan cambiado el tribunal revocó el acto original por violación de los procedimientos legales; .

Artículo 77 Si la sanción administrativa es manifiestamente improcedente, u otras actuaciones administrativas implican la determinación y determinación del monto, el tribunal popular podrá tomar la decisión de modificarla. Cuando el tribunal popular cambie la sentencia, no aumentará las obligaciones del demandante ni dañará sus derechos e intereses. Sin embargo, todas las partes involucradas son demandantes a menos que se afirme lo contrario.