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Sobre la aplicación de las normas procesales arbitrales en el arbitraje comercial internacional.

Respuesta: En el arbitraje comercial internacional, en lo que respecta a los procedimientos de arbitraje, la legislación nacional y los convenios internacionales generalmente permiten que ambas partes en el arbitraje comercial internacional elijan las reglas procesales del arbitraje de mutuo acuerdo. Por ejemplo, otras leyes y tratados nacionales, como el Reglamento Federal Suizo sobre Derecho Internacional Privado, el Código de Procedimiento Civil francés y la Convención de Nueva York, estipulan que las partes pueden elegir la ley del procedimiento de arbitraje en función de su autonomía. Sin embargo, en la práctica, es raro que las partes elijan explícitamente el método del procedimiento de arbitraje. Si las partes no eligen expresamente el derecho procesal arbitral aplicable, las leyes de la mayoría de los países dejan las cuestiones de derecho procesal arbitral al tribunal arbitral para que decida. La ley del procedimiento de arbitraje puede determinarse sobre la base de principios generales de conflicto de leyes, que presuponen una elección implícita de ley por parte de las partes. Sin embargo, el arbitraje se rige por algo más que el consentimiento expreso de las partes. A juzgar por la legislación y la práctica del arbitraje comercial internacional, el procedimiento todavía está sujeto a la ley del lugar del arbitraje. En particular, las normas obligatorias de las leyes de arbitraje estipuladas por varios países tienen todas las mismas restricciones a la autonomía de las partes. . Las partes no pueden tomar una decisión para el fin solicitado que no esté sujeta a las normas imperativas de la sede del arbitraje. El tribunal arbitral no puede violar las reglas obligatorias de arbitraje durante el proceso de arbitraje. El artículo 152 de la Ley Modelo de Derecho Internacional Privado de la República Popular China recomienda que el procedimiento de arbitraje se regirá por las normas procesales acordadas por las partes, pero no violará las disposiciones imperativas de la ley del lugar del arbitraje o la ley del lugar de adjudicación. Si las partes no logran llegar a un acuerdo, se aplicarán las reglas procesales que determine el tribunal arbitral.

Según la visión tradicional, así como los procedimientos judiciales se rigen por la ley del foro, los procedimientos arbitrales también deberían regirse por la ley del foro. Sin embargo, esta opinión ha sido cuestionada por la "teoría de la deslocalización" sobre cómo determinar la ley del lugar del arbitraje. Según este nuevo concepto, el arbitraje debe liberarse del control de la ley del lugar del arbitraje, e incluso de las regulaciones legales de cualquier país específico, para lograr una completa autonomía en el proceso de arbitraje. Sin embargo, esta nueva perspectiva tiene una base insuficiente tanto en la teoría como en la práctica. Teóricamente, el arbitraje no es enteramente un asunto de las propias partes y requiere la protección y supervisión de las leyes de varios países. Por ejemplo, la posibilidad de llevar a cabo un arbitraje en un país depende de si las leyes de un país en particular permiten actividades de arbitraje o el arbitraje de asuntos en disputa. En la práctica, las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y las Reglas de Arbitraje Internacional de la Asociación Americana de Arbitraje estipulan la fuerza vinculante de las normas obligatorias del derecho de arbitraje.

En resumen, el arbitraje comercial internacional sólo puede existir y operar si no existen restricciones y permisos de las leyes locales. Sin embargo, de hecho, ningún país está dispuesto a adoptar una actitud absolutamente de laissez-faire hacia el arbitraje. Cualquier laudo arbitral que viole las leyes obligatorias del país donde se encuentra será declarado inválido por el país donde se encuentra, o correrá el riesgo de que se le niegue el reconocimiento y la ejecución por parte del país donde se encuentra. Ésta es una de las razones por las que sigue predominando la opinión de que los procedimientos arbitrales deben regirse por la ley de la sede del arbitraje.