Medidas provisionales para la gestión de piensos en la provincia de Liaoning (revisadas en 1997)
Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión de la producción y operación de alimentos, mejorar la calidad de los productos alimenticios, garantizar la seguridad del ganado, las aves y los animales reproductores de peces, promover el desarrollo de la cría. industria, salvaguardar a los productores y Estas medidas están especialmente formuladas para los derechos e intereses legítimos de los consumidores. Artículo 2 Todas las empresas y personas que se dediquen a la producción y operación de piensos dentro de la jurisdicción provincial deben cumplir con estas medidas. Artículo 3 El Comité Provincial de Trabajo Rural es responsable de la gestión alimentaria de toda la provincia.
Las autoridades de la industria de piensos de las ciudades y condados (incluidas las ciudades y distritos a nivel de condado, lo mismo a continuación) son responsables de la gestión de piensos dentro de su jurisdicción. Artículo 4 La producción y explotación de los piensos deberán garantizar la calidad y la seguridad en su uso. Capítulo 2 Producción de piensos Artículo 5 Todas las empresas (incluidos los talleres de procesamiento de piensos en corrales de engorde) que se dediquen a la producción de piensos (incluidos los aditivos, los mismos a continuación) deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener la capacidad de producir alimentos Equipos y talleres apropiados;
(2) Tener métodos de prueba para garantizar la calidad de los productos alimenticios o confiar a agencias de inspección;
(3) Tener instalaciones para prevenir y controlar la contaminación y cumplir con la protección ambiental Entorno de producción requerido por las regulaciones. Artículo 6 Las empresas productoras de piensos deben producir de acuerdo con los reglamentos técnicos y establecer un sistema completo de registro de producción y un sistema de observación de muestras. Artículo 7 Las empresas de producción de piensos no utilizarán aditivos para piensos sin el permiso del departamento administrativo de la empresa a nivel de condado o superior. Artículo 8 Los productos alimenticios elaborados por empresas productoras de piensos deben pasar la inspección de calidad y cumplir con las normas de calidad legales. Los productos no calificados no saldrán de fábrica. Artículo 9 Quien produzca aditivos para medicamentos para piensos deberá cumplir el "Reglamento sobre la administración de medicamentos veterinarios". La producción de aditivos alimentarios que no contengan ingredientes farmacéuticos debe ser autorizada por los departamentos empresariales competentes del nivel municipal o superior. Artículo 10: Las empresas productoras de piensos enviarán una copia de la base estándar de los productos que producen al departamento competente de la industria de piensos y al departamento de gestión de normalización del condado donde se encuentran para su archivo. Artículo 11 Los envases de piensos deberán ir acompañados de etiquetas o instrucciones. La etiqueta o manual de instrucciones debe indicar la marca comercial, el nombre del alimento, el nombre de la empresa, el número de lote y los ingredientes principales, el contenido, el uso, el tiempo de producción, el período de validez y las precauciones del alimento.
Los envases del pienso deben cumplir los requisitos de seguridad e higiene. Capítulo 3 Empresas de piensos Artículo 12 Los productos alimentarios distribuidos por empresas y particulares del sector de piensos deben ir acompañados de certificados de producto e instrucciones de uso. Artículo 13 Está prohibido operar piensos que se encuentren en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) La calidad de los piensos compuestos es inferior a los estándares nacionales o provinciales y locales;
(2) El período de validez ha expirado
(3) Deteriorado y no apto para la alimentación
(4) Contaminado y no apto para la alimentación
(5) Adulterado para hacerlo falso. Artículo 14 No se permite el almacenamiento de sustancias tóxicas y nocivas en los almacenes de piensos ni en los locales comerciales. Artículo 15 La inspección y gestión de los piensos y aditivos para piensos importados se llevarán a cabo de conformidad con las "Medidas para la supervisión y administración de la calidad de los productos importados". Capítulo 4 Supervisión de la calidad Artículo 16 Las empresas y las personas que producen y explotan piensos deben aplicar las normas nacionales. Si no existen normas nacionales, se aplicarán las normas provinciales y locales. Artículo 17 Las empresas y las personas que producen y explotan piensos aceptarán la supervisión e inspección por parte del personal de la agencia de inspección y supervisión de la calidad de los piensos y proporcionarán las muestras y la información necesarias. Artículo 18 Las agencias de inspección y supervisión de la calidad de los piensos provinciales, municipales y distritales serán confirmadas por el departamento de gestión de normalización del mismo nivel. Los inspectores de las empresas de producción de piensos se guían en sus operaciones comerciales por la agencia local de supervisión e inspección de la calidad de los piensos. Capítulo 5 Recompensas y castigos Artículo 19 Quienes modelen la implementación de estas Medidas, produzcan y operen piensos en estricta conformidad con las normas, garanticen la calidad del producto y tengan logros sobresalientes serán elogiados o recompensados por las autoridades de la industria de piensos o las autoridades empresariales.
Artículo 20 Quien viole estas Medidas y cometa cualquiera de los siguientes actos será sancionado por el departamento administrativo industrial y comercial o el departamento de supervisión técnica de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes, si causa pérdidas económicas al usuario, se le ordenará que lo haga; compensar la pérdida si constituye delito, Solicitar a las autoridades judiciales que persigan la responsabilidad penal de conformidad con la ley:
(1) Los productos que salen de fábrica no se ajustan a las etiquetas o instrucciones, y están adulterados para hacerlos falsos;
(2) La producción y el funcionamiento de los productos alimenticios no cumplen con las normas nacionales de higiene;
(3) El uso de aditivos alimentarios sin licencia;
(4) Falsificación de marcas comerciales, licencias de productos y números de aprobación de productos para vender productos alimenticios y aditivos para piensos;
(5) La unidad o el personal de supervisión e inspección de alimentos son irresponsables o aceptan sobornos Durante la inspección, juzgan lo bueno de lo malo y asumen la verdad. Capítulo 6 Disposiciones complementarias Artículo 21 Corresponde a la Comisión Provincial de Trabajo Rural la interpretación de las presentes Medidas. Artículo 22 Estas Medidas entrarán en vigor el 1 de enero de 1988.