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Orden de ejecución y principios de distribución de embargos pendientes

El orden de ejecución y el principio de distribución de los embargos pendientes es que los créditos de prioridad legal se paguen antes que los créditos ordinarios.

El orden de ejecución y principios de distribución de los embargos pendientes son los siguientes:

1 Cuando coexistan múltiples reclamaciones ordinarias y los bienes embargados sean suficientes, el pago se hará en el orden. en que se embargan los créditos;

2. Los créditos con prioridad legal se pagan antes que los créditos ordinarios;

3. Cuando coexisten múltiples créditos ordinarios y los bienes embargados son insuficientes, procede la quiebra y la participación. Se aplicarán sistemas de distribución respectivamente y los créditos se distribuirán proporcionalmente. Garantizar el pago justo a todos los acreedores.

La espera de incautación se refiere a la propiedad que ha sido incautada por los tribunales de otras personas. El tribunal de ejecución la registrará ante la autoridad de registro por turno, o la presentará ante los tribunales de otras personas y esperará en la fila. Se levanta el embargo de conformidad con la ley, los bienes que han sido embargados con antelación se convertirán automáticamente en El sistema de embargo formal.

Base jurídica

Ley de procedimiento penal de la República Popular China

Artículo 102: Preservación de la propiedad El tribunal popular puede tomar medidas de preservación y sellar la propiedad cuando sea necesario , embargar o congelar los bienes del demandado. El demandante o la fiscalía popular en un proceso civil adjunto pueden solicitar al tribunal popular medidas de preservación. Cuando el Tribunal Popular adopte medidas cautelares, aplicará las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil. Artículo 141: Alcance del Sello e Incautación de Pruebas Físicas y Pruebas Documentales: Los diversos bienes y documentos descubiertos durante las actividades de investigación que puedan probar la culpabilidad o inocencia de un presunto delincuente serán sellados y embargados, no serán incautados ni incautados que no lo estén; relacionados con el presente caso.

Los bienes y documentos incautados y retenidos se conservarán o sellarán adecuadamente y no se utilizarán, intercambiarán ni destruirán. Artículo 142 Al realizar la lista de incautaciones, se comprobará claramente con los testigos presentes y los poseedores de los bienes y documentos incautados. La lista se hará por duplicado en el acto y será firmada o sellada por los investigadores, testigos y poseedores. , una copia para ser entregada al titular y una copia para referencia futura. Artículo 145 Si los bienes, documentos, correos, telegramas o depósitos congelados, remesas, bonos, acciones, participaciones en fondos y demás bienes que hayan sido sellados o embargados sean efectivamente irrelevantes para el caso, se levantará el embargo dentro de los tres días, incautándose. , congelar y regresar.