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Disposiciones sobre diversas cuestiones relativas a la prueba en litigios administrativos

Artículo 1 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 32 y 43 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, el demandado soporta la carga de la prueba de actos administrativos específicos y deberá proporcionar la base de los actos administrativos específicos dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción de una copia de la denuncia. Todas las pruebas y documentos normativos. Si el demandado no presenta pruebas o no las presenta fuera del plazo sin razones justificables, se considerará que no existe prueba correspondiente para el acto administrativo específico que se demanda.

Si el demandado no puede presentar pruebas dentro del plazo especificado en el párrafo anterior debido a fuerza mayor u otras razones legítimas irresistibles, deberá solicitar por escrito al Tribunal Popular una prórroga dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción de una copia de la prueba de acusación. Si el tribunal popular concede una prórroga para la presentación de pruebas, el demandado deberá presentarlas dentro de los diez días siguientes a la eliminación de las razones legítimas. Si no se aporta dentro del plazo, se entenderá que no existe prueba correspondiente para el acto administrativo concreto denunciado.

Artículo 2 Si el demandante o un tercero alega razones de refutación o pruebas que no ha planteado en el litigio administrativo, con autorización del Tribunal Popular, el demandado podrá complementar las pruebas correspondientes en la primera procedimiento de instancia. Artículo 3 De acuerdo con el artículo 33 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, durante el proceso del litigio, el demandado y su agente litigante no podrán recopilar pruebas del demandante y de los testigos por sí solos. Artículo 4 Cuando un ciudadano, persona jurídica u otra organización presenta una demanda ante el Tribunal Popular, deberá proporcionar pruebas y materiales pertinentes que cumplan con las condiciones para el procesamiento.

Si el demandado es demandado por inacción, el demandante deberá aportar prueba de que lo ha solicitado en el procedimiento administrativo. Sin embargo, se excluyen las siguientes circunstancias: (1) El demandado deberá desempeñar voluntariamente los deberes legales de acuerdo con su autoridad (2) El demandante no puede proporcionar pruebas relevantes y dar una explicación razonable debido a razones legítimas como el registro imperfecto del demandado; sistema de aceptación de solicitudes. Si el demandado considera que la demanda del demandante ha excedido el plazo legal, le corresponderá la carga de la prueba.

Artículo 5: En el litigio administrativo de indemnización, el demandante deberá acreditar que determinadas actuaciones administrativas causaron daño. Artículo 6 El demandante podrá aportar pruebas que demuestren que el acto administrativo específico denunciado es ilegal. Si no se acreditan las pruebas aportadas por el demandante, el demandado no quedará exento de la carga de probar la legalidad del determinado acto administrativo denunciado. Artículo 7 El demandante o el tercero deberá presentar pruebas antes de la audiencia o en la fecha de intercambio de pruebas designada por el tribunal popular.

Si solicita una prórroga para presentar pruebas por motivos legítimos, puede presentarlas durante la investigación judicial con el permiso del Tribunal Popular. La falta de presentación de pruebas dentro del plazo se entenderá como renuncia al derecho a presentar pruebas. El tribunal popular no aceptará pruebas aportadas por el demandante o un tercero en el procedimiento de segunda instancia sin razones justificables en el procedimiento de primera instancia. Artículo 8 Al entregar la notificación de aceptación del caso o la notificación de respuesta a las partes, el tribunal popular informará a las partes sobre el alcance de la presentación de pruebas, el plazo para la presentación de pruebas y las consecuencias legales de no presentar pruebas dentro del plazo. , e informar a las partes que deben solicitar una prórroga para aportar pruebas por motivos legítimos.

Artículo 9 Según el primer párrafo del artículo 34 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, el tribunal popular tiene derecho a exigir a las partes que aporten o complementen pruebas. Si hay hechos que no son controvertidos por las partes pero que involucran intereses nacionales, intereses públicos sociales o los derechos e intereses legítimos de otros, el tribunal popular puede ordenar a las partes que proporcionen o complementen pruebas pertinentes. Volver al Capítulo 2 Requisitos de Prueba Artículo 10 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31, párrafo 1, inciso (1) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, las partes que aporten prueba documental al Tribunal Popular deberán cumplir los siguientes requisitos: (1) Proporcionar prueba documental original. La evidencia, el original, el original y la copia pertenecen al documento original.

Si es realmente difícil proporcionar el documento original, puede proporcionar una copia, fotografía o extracto que haya sido verificado con el documento original (2) Si proporciona una copia, fotocopia o transcripción; de la evidencia documental original conservada por el departamento correspondiente, debe tener en cuenta que La fuente se indicará claramente y el sello se sellará después de la verificación por parte del departamento (3) Si son informes, dibujos, libros contables, información técnica profesional, científica; y se proporcionen documentos tecnológicos y otras pruebas documentales, se adjuntarán materiales explicativos; (4) Las acciones administrativas específicas del demandado serán proporcionadas por el demandado. Las transcripciones de la investigación, las transcripciones de las declaraciones y las transcripciones de las conversaciones utilizadas como base deberán estar firmadas o selladas. por el personal administrativo de aplicación de la ley, el interrogado, el declarante y el declarante.

Si las leyes, reglamentos, interpretaciones judiciales y normas establecen de otro modo la forma de prueba documental, dichas disposiciones prevalecerán. Artículo 11 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31, párrafo 1, inciso (2) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, las partes que aporten pruebas físicas al Tribunal Popular deberán cumplir las siguientes condiciones: (1) Proporcionar documentos originales.

Si es realmente difícil proporcionar el original, puede proporcionar una fotocopia que haya sido verificada con el original u otra evidencia, como fotografías y videos, para probar la evidencia física (2) Si originalmente pertenece a una gran cantidad de especies; aportar una parte del mismo.

Artículo 12 De conformidad con el artículo 31, párrafo 1, punto (3) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, las partes que proporcionen datos informáticos o materiales audiovisuales, como grabaciones de audio y vídeo, al Tribunal Popular deberán cumplir con los siguientes requisitos: (1) Proporcionar el transportista original de los materiales pertinentes. Si es realmente difícil proporcionar el soporte original, se puede proporcionar una copia (2) Indique el método de producción, el tiempo de producción, el productor y los objetos de certificación, etc. ;(3) Los datos de audio deben ir acompañados de un registro escrito del contenido de audio.

Artículo 13 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31, párrafo 1, inciso (4) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, cuando una parte preste testimonio ante el Tribunal Popular, deberá cumplir con los siguientes requisitos: (1 ) Indicar el testigo Información básica como nombre, edad, sexo, ocupación, dirección, etc.; (2) La firma del testigo, pero si no es su firma, deberá certificarse mediante sello (3) Indicar la fecha de emisión; (4) Adjuntar copia de los documentos de cédula de residente y demás documentos que acrediten la identidad del testigo.

Artículo 14 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31, párrafo 1, punto (6) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, la conclusión de la tasación proporcionada por el demandado al Tribunal Popular en el litigio administrativo deberá indicar la encomienda. persona y los asuntos encomendados por el tasador, los materiales relevantes presentados al departamento de tasación, la base de la tasación y los medios científicos y técnicos utilizados, una descripción de las calificaciones del departamento de tasación y del tasador, y la firma del tasador y el sello del departamento de tasación.

La conclusión de la evaluación derivada del análisis debe explicar el proceso de análisis. Artículo 15 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31, párrafo 1, punto (7) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, la transcripción in situ proporcionada por el demandado al Tribunal Popular deberá indicar la hora, el lugar y los hechos, y deberá estar firmada por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y las partes interesadas. Si la parte se niega a firmar o no puede firmar, se expresarán las razones. Si hay otras personas presentes, otros podrán firmarlo.

Si las leyes, reglamentos y reglas tienen otras disposiciones sobre la forma de producción de transcripciones en el sitio, esas disposiciones prevalecerán. Artículo 16 Si las pruebas aportadas por las partes al Tribunal Popular se formaron fuera del territorio de la República Popular China, se hará constar la fuente, autenticada por la autoridad notarial del país donde se encuentra, autenticada por la República Popular de China y la embajada o consulado de China en ese país, o la República Popular China. Procedimientos de autenticación estipulados en los tratados pertinentes celebrados con el país donde se encuentran las pruebas.

Las pruebas proporcionadas por partes formadas en la Región Administrativa Especial de Hong Kong, la Región Administrativa Especial de Macao y la Provincia de Taiwán de la República Popular China serán autenticadas de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 17 Cuando una parte proporcione pruebas documentales extranjeras o materiales audiovisuales en idiomas extranjeros al tribunal popular, deberá adjuntar una traducción al chino u otra traducción precisa traducida por una agencia de traducción calificada, y el documento será sellado por la agencia de traducción o firmado. por el traductor.

Artículo 18 Si la prueba involucra secretos de estado, secretos comerciales o privacidad personal, el proveedor la marcará claramente y la explicará al tribunal, quien la revisará y confirmará. Artículo 19 Las partes clasificarán y numerarán los materiales de prueba presentados, describirán brevemente la fuente, objeto y contenido de los materiales de prueba, los firmarán o sellarán e indicarán la fecha de presentación. Artículo 20 Cuando el tribunal popular reciba los materiales probatorios presentados por las partes, extenderá un recibo indicando el nombre, número de copias, número de páginas, número de piezas, tipo, etc. Constancia y hora de recepción, y firmada o sellada por el responsable.

Artículo 21 Para casos con circunstancias complicadas o una gran cantidad de pruebas, el tribunal popular podrá organizar a las partes para que presenten o intercambien pruebas con la otra parte antes de la audiencia y registrar el intercambio de pruebas en la transcripción. . Volver al Capítulo 3 Obtención y conservación de pruebas Artículo 22 De acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 34 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, en cualquiera de las siguientes circunstancias, el Tribunal Popular tiene derecho a solicitar a los organismos administrativos pertinentes, otras organizaciones y ciudadanos que investigar Obtención de evidencia: (1) Determinación de hechos que involucran intereses nacionales, intereses públicos o los derechos e intereses legítimos de otros (2) Cuestiones procesales que involucran la incorporación de partes de oficio, suspensión del litigio, terminación del litigio, recusación, etc.

Artículo 23 Si el demandante o un tercero no pueden recogerlo por sí solos, pero pueden proporcionar pistas claras, podrán solicitar al Tribunal Popular los siguientes materiales probatorios: (1) Conservados por el Estado correspondiente. departamentos y solicitado por el Tribunal Popular para recopilar (2) materiales de evidencia que involucran secretos de estado, secretos comerciales y privacidad personal (3) otros materiales de evidencia que no pueden ser recopilados por uno mismo debido a razones objetivas;

Si el demandado no reunió pruebas cuando realizó un acto administrativo específico, el tribunal popular no las retendrá para probar la legalidad del acto administrativo específico que se demanda. Artículo 24 Si una parte solicita al Tribunal Popular la obtención de pruebas, deberá presentar una solicitud para obtener pruebas dentro del plazo para la presentación de pruebas. La solicitud de recopilación de pruebas incluirá el siguiente contenido: (1) El nombre, dirección y otra información básica del poseedor de las pruebas (2) El contenido de las pruebas que se obtendrán (3) Las razones para solicitar la recopilación de pruebas; los hechos del caso que deben probarse.

Artículo 25: Si la solicitud de una parte para obtener pruebas cumple con las condiciones para obtener pruebas después de la revisión, el tribunal popular decidirá obtenerlas de manera oportuna; si no se cumplen las condiciones para obtener pruebas, el tribunal popular decidirá obtenerlas de manera oportuna; El tribunal popular notificará a la parte o a su agente litigante, explicando las razones por las que no se obtuvieron pruebas. Las partes y sus agentes litigantes podrán presentar una solicitud por escrito al tribunal popular que acepte la solicitud de reconsideración dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de la notificación.

El tribunal popular deberá responder dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de reconsideración. Si el tribunal popular no puede obtener las pruebas correspondientes sobre la base de la solicitud de la parte, notificará al solicitante y explicará los motivos. Artículo 26 Si las pruebas que el tribunal popular necesita obtener se encuentran en un lugar diferente, podrá encomendar por escrito al tribunal popular el lugar donde se encuentran las pruebas para obtenerlas. Después de recibir la carta de autorización, el tribunal popular encargado completará rápidamente el trabajo de recopilación de pruebas de acuerdo con los requisitos de la encomienda y lo presentará al tribunal popular encargado.

Si el tribunal popular encargado no puede completar el contenido encomendado, lo notificará al tribunal popular encargado y explicará los motivos. Artículo 27 Si una parte solicita al tribunal popular la conservación de pruebas de conformidad con el artículo 36 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, deberá presentarla por escrito antes de que expire el plazo para la presentación de pruebas y explicar el nombre, ubicación, contenido y alcance de la conservación, y aplicación por motivos de conservación, etc. Si una parte solicita la conservación de pruebas, el tribunal popular puede exigirle que proporcione las garantías correspondientes.

Si las leyes e interpretaciones judiciales contienen disposiciones sobre preservación de pruebas previas al litigio, esas disposiciones prevalecerán. Artículo 28 El tribunal popular conserva las pruebas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de lo Contencioso Administrativo y puede tomar medidas de conservación como sellar, detener, fotografiar, grabar, filmar en vídeo, copiar, identificar, inspeccionar y realizar transcripciones de investigaciones de acuerdo con circunstancias específicas. Cuando el tribunal popular conserve pruebas, podrá exigir la presencia de las partes o de sus representantes en el litigio.

Artículo 29: Si el demandante o un tercero tiene pruebas o razones legítimas para probar que la conclusión de identificación sobre la cual el demandado determina los hechos del caso puede ser errónea, y solicita por escrito la reidentificación dentro del plazo para la presentación de pruebas, el tribunal popular lo permitirá. Artículo 30 Si una parte tiene objeciones a la conclusión de tasación hecha por el departamento de tasación encomendado por el Tribunal Popular y solicita una nueva autenticación, el Tribunal Popular permitirá: (1) que el departamento de tasación o tasador no tenga las calificaciones de tasación correspondientes; (2) El procedimiento de tasación es gravemente ilegal (3) Las pruebas para la conclusión de la tasación son obviamente insuficientes (4) No se pueden utilizar otras circunstancias como prueba en el contrainterrogatorio.

Las conclusiones erróneas de la tasación pueden resolverse mediante una tasación complementaria, un nuevo contrainterrogatorio o un contrainterrogatorio complementario. Artículo 31 Si una parte que soporta la carga de la prueba para un asunto que requiere tasación no presenta una solicitud de tasación, no paga por adelantado los honorarios de tasación o no proporciona los materiales relevantes dentro del plazo para presentar pruebas sin razones justificables, lo que resulta en que la conclusión de la tasación sea anulada. no pudiendo identificar los hechos controvertidos del caso, será responsable de las consecuencias jurídicas de la prueba de los hechos.

Artículo 32 El Tribunal Popular examinará si el certificado de tasación emitido por el departamento de tasación encargado o designado contiene el siguiente contenido: (1) Contenido de la tasación (2) Materiales relevantes presentados durante la evaluación; La base de la evaluación y los medios científicos y tecnológicos utilizados; (4) El proceso de la evaluación; (5) La conclusión clara de la evaluación; (6) La descripción de las calificaciones del departamento de evaluación y del personal de evaluación; ) La firma y sello del tasador y del departamento de tasación.

Si falta el contenido del párrafo anterior o la conclusión de la tasación no es clara, el tribunal popular podrá exigir al departamento de tasación una explicación, una tasación complementaria o una nueva tasación. Artículo 33 El Tribunal Popular podrá inspeccionar el lugar de los hechos a petición de las partes o de oficio.

Al inspeccionar el sitio, el inspector debe presentar su certificado del Tribunal Popular e invitar a participar a personas de las organizaciones de base locales o de la unidad donde trabajan las partes. Estarán presentes los interesados ​​o sus familiares mayores de edad. La negativa a asistir al lugar no afectará el progreso de la inspección, pero la situación deberá explicarse en el acta de inspección.

Artículo 34 El juez levantará actas de inspección, haciendo constar la hora, el lugar, la firma del inspector, las personas presentes y el proceso y resultados de la inspección. El mapa del sitio elaborado durante la inspección in situ deberá indicar la hora, ubicación, nombre e identidad del mapeador, etc. Si las partes interesadas tienen objeciones a la conclusión de la inspección, podrán solicitar una nueva inspección dentro del plazo para presentar pruebas. La concesión o no del permiso será decidida por el Tribunal Popular.

Volver al Capítulo 4 Contrainterrogatorio, Identificación y Verificación de Pruebas Artículo 35 Las pruebas se presentarán en el tribunal y se contrainterrogarán en el tribunal. Las pruebas que no hayan sido contrainterrogadas ante el tribunal no pueden utilizarse como base para finalizar un caso. Las pruebas que no sean cuestionadas por las partes durante el proceso de intercambio de pruebas previas al juicio y que consten en el expediente pueden utilizarse como base para determinar los hechos del caso después de que el juez las explique durante el juicio. Artículo 36 Si el acusado se niega a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables después de haber sido citado de conformidad con la ley, y se requiere una sentencia en rebeldía de conformidad con la ley, las pruebas aportadas por el acusado no pueden utilizarse como base para finalizar el caso. excepto por las pruebas no controvertidas intercambiadas por las dos partes antes del juicio.

Artículo 37: Las pruebas que involucren secretos de estado, secretos comerciales, privacidad personal u otras pruebas que deban mantenerse confidenciales por ley no serán contrainterrogadas públicamente en los tribunales. Artículo 38 Las pruebas que una parte solicita al tribunal popular para su recopilación serán presentadas por la parte que solicita la recopilación de pruebas en la audiencia judicial y contrainterrogadas por la parte interesada. Las pruebas obtenidas por el tribunal popular de conformidad con sus autoridades serán presentadas por el tribunal, que podrá explicar las circunstancias de la obtención de las pruebas y escuchar las opiniones de las partes.

Artículo 39 Las partes realizarán un contrainterrogatorio centrándose en la pertinencia, legalidad y autenticidad de las pruebas, si las mismas tienen efecto probatorio y el alcance de su efecto probatorio. Con el permiso del tribunal, las partes y sus agentes pueden hacerse preguntas entre sí sobre las pruebas y también pueden hacer preguntas a los testigos, tasadores y examinadores. Cuando las partes y sus agentes hagan preguntas a la otra parte o a testigos, tasadores y examinadores, el contenido de las preguntas debe estar relacionado con los hechos del caso, y no deben utilizar lenguaje ni medios tales como incitaciones, amenazas, o insultos.

Artículo 40 En el contrainterrogatorio de pruebas documentales, pruebas físicas y materiales audiovisuales, los interesados ​​deberán presentar los documentos u objetos originales. Se hacen excepciones en una de las siguientes circunstancias: (1) Si es realmente difícil presentar el documento u objeto original, se puede presentar una copia o duplicado con el permiso del tribunal (2) El documento original u objeto original no; ya no existe, y podrán presentarse otras pruebas que acrediten el duplicado y la copia concuerda con el original y el original.

Los materiales audiovisuales se reproducirán o exhibirán en el tribunal y las partes los interrogarán. Artículo 41 Cualquiera que conozca los hechos de un caso está obligado a comparecer ante el tribunal para declarar. Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, con el permiso del Tribunal Popular, las partes podrán presentar testimonio por escrito: (1) La parte no tiene objeciones al testimonio del testigo en procedimientos administrativos o intercambio de pruebas previas al juicio (2) El testigo es; anciano, enfermo o El testigo no puede comparecer ante el tribunal debido a molestias físicas (3) El testigo no puede comparecer ante el tribunal debido a largas distancias o transporte inconveniente (4) El testigo no puede comparecer ante el tribunal debido a la fuerza; caso mayor como desastres naturales u otras emergencias; (5) el testigo realmente no puede comparecer ante el tribunal debido a otras razones especiales;

Artículo 42 No podrá declarar la persona que no pueda expresar correctamente su intención. Sobre la base de la solicitud de las partes, el tribunal popular puede examinar si el testigo puede expresar correctamente su voluntad o presentarla al departamento correspondiente para su evaluación. Cuando sea necesario, el Tribunal Popular también podrá remitir el asunto a los departamentos pertinentes para su evaluación de conformidad con su autoridad. Artículo 43 Si una parte solicita que un testigo comparezca ante el tribunal para declarar, deberá presentarlo antes de que expire el plazo para presentar pruebas y deberá ser aprobado por el Tribunal Popular.

Si el tribunal popular permite que un testigo comparezca ante el tribunal para testificar, le notificará que comparezca ante el tribunal para testificar antes del juicio. Durante el juicio, si las partes requieren que los testigos comparezcan ante el tribunal para declarar, el tribunal puede decidir permitir o posponer el juicio según las circunstancias específicas del mismo.

Artículo 44 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el demandante o un tercero podrá requerir que el personal administrativo encargado de hacer cumplir la ley comparezca ante el tribunal para testificar: (1) Hay objeciones a la legalidad y autenticidad de las transcripciones in situ (2; ) Los tipos de bienes incautados u objeción a la cantidad; (3) objeción al muestreo o almacenamiento de los artículos inspeccionados; (4) objeción a la legalidad de la identidad del personal administrativo encargado de hacer cumplir la ley; testimonio en el tribunal.

Artículo 45: Los testigos que comparezcan ante el tribunal a declarar deberán presentar prueba de identidad. El tribunal debe informarle de su obligación legal de testificar honestamente y de su responsabilidad legal por perjurio. Los testigos que testifiquen ante el tribunal no podrán observar la vista del caso. Cuando el tribunal interroga a los testigos, no podrá estar presente ningún otro testigo excepto la persona que organizó el careo de testigos. Artículo 46 Los testigos deberán exponer los hechos concretos que presenciaron. Los juicios, especulaciones o comentarios hechos por testigos basados ​​en la experiencia no pueden utilizarse como base para finalizar un caso.

Artículo 47 Si las partes requieren la comparecencia de peritos para el contrainterrogatorio, los peritos deberán comparecer ante el tribunal. Si el tasador no puede comparecer ante el tribunal por razones justificables, no podrá comparecer ante el tribunal con el permiso del tribunal y las partes interrogarán su conclusión de tasación por escrito. Para las razones válidas por las cuales el tasador no pueda comparecer ante el tribunal, remítase a lo dispuesto en el artículo 41 de este Reglamento. Para los tasadores que comparezcan ante el tribunal para ser interrogados, el tribunal verificará su identidad y relación con las partes y el caso, e informará al tasador de su obligación legal de explicar verazmente la situación de la tasación y su responsabilidad legal por hacer intencionalmente declaraciones falsas.

Artículo 48 Para cuestiones especializadas involucradas en el acto administrativo específico que se demanda, las partes podrán solicitar al tribunal que profesionales comparezcan a explicar, y el tribunal también podrá notificar a profesionales para que comparezcan a explicar. . Cuando sea necesario, el tribunal puede organizar profesionales para llevar a cabo los enfrentamientos. Si las partes tienen objeciones sobre si los profesionales que comparecen ante el tribunal tienen los correspondientes conocimientos profesionales, calificaciones académicas, calificaciones y otras calificaciones profesionales, podrán consultar.

El tribunal decidirá si puede comparecer ante el tribunal como profesional. Los profesionales pueden preguntar al tasador. Artículo 49 Durante el proceso de contrainterrogatorio, el tribunal excluirá las pruebas que sean irrelevantes para el caso y explicará los motivos. Durante el proceso de contrainterrogatorio, si el tribunal permite que la parte complemente las pruebas, las pruebas complementarias aún deben ser contrainterrogadas. El tribunal no interrogará las pruebas después del juicio a menos que sea absolutamente necesario.

Artículo 50: En el procedimiento de segunda instancia, el tribunal practicará el contrainterrogatorio sobre las nuevas pruebas aportadas por las partes conforme a la ley, si las partes aún impugnan las pruebas reconocidas en primera instancia; el tribunal también realizará un contrainterrogatorio. Artículo 51 En los casos juzgados conforme a los procedimientos de supervisión de juicio, el tribunal repreguntará las pruebas nuevas aportadas por las partes conforme a la ley porque la sentencia o fallo original carece de pruebas, y también las pruebas principales involucradas; en el nuevo juicio.

El artículo 52 “Prueba nueva” en los artículos 50 y 51 de estas Disposiciones se refiere a las siguientes pruebas: (1) Se debió conceder una prórroga pero no se otorgó en el procedimiento de primera instancia (2) Prueba de que las partes solicitaron en el procedimiento de segunda instancia de conformidad con la ley sin permiso ni adquisición; (3) Prueba proporcionada por el demandante o un tercero que fue descubierta después de la expiración del plazo para la presentación de pruebas.

Regresar al Capítulo 5: Revisión y Determinación de Pruebas Artículo 53 Cuando conozca de casos administrativos, el Tribunal Popular se basará en los hechos del caso. Artículo 54 El tribunal examinará las pruebas que hayan sido contrainterrogadas en el tribunal y las pruebas que no requieran contrainterrogatorio una por una, realizará una revisión exhaustiva de todas las pruebas, seguirá la ética profesional de los jueces, utilizará el razonamiento lógico y la vida. experiencia y realizar un análisis integral, objetivo y justo del fallo, determinar la relación probatoria entre los materiales de evidencia y los hechos del caso, excluir materiales de evidencia irrelevantes y determinar con precisión los hechos del caso.

Artículo 55 El tribunal, basándose en las circunstancias específicas del caso, revisará la legalidad de la prueba desde los siguientes aspectos: (1) Si la prueba se ajusta a las formas legales; (2) Si la adquisición; de la evidencia cumple con las leyes, regulaciones, Los requisitos de las interpretaciones y regulaciones judiciales (3) Si existen otras circunstancias ilegales que afecten la efectividad de la evidencia; Artículo 56 El tribunal, basándose en las circunstancias específicas del caso, examinará la autenticidad de la prueba desde los siguientes aspectos: (1) El motivo de la formación de la prueba (2) El entorno objetivo en el que se descubrió la prueba; (3) si la prueba es el original o una copia, si la copia es consistente con el original (4) si la persona o testigo que proporciona la prueba tiene un interés en la parte interesada; (5) otros factores que afectan la prueba; autenticidad de la evidencia.

Artículo 57 Los siguientes materiales de prueba no se pueden utilizar como base para finalizar un caso: (1) Materiales de prueba recopilados en violación grave de los procedimientos legales; (2) Uso de fotografías secretas, grabaciones secretas, escuchas ilegales y otros medios para obtener pruebas que infrinjan los derechos e intereses legítimos de otros (3) Pruebas obtenidas por medios inadecuados como inducción, fraude, coerción, violencia, etc. (4) Las partes proporcionan pruebas más allá del plazo para presentar pruebas; sin razones justificables (5) Pruebas obtenidas fuera del territorio de la República Popular China o la Región Administrativa Especial de Hong Kong, la Región Administrativa Especial de Macao y la Provincia de Taiwán (6) La parte se niega a proporcionar el original sin razones justificables; otra evidencia para probarlo, y la otra parte se niega a admitir la copia o copia de la evidencia (7) La parte o materiales de evidencia que no pueden ser identificados mediante procesamiento técnico por otros (8) Testimonio proporcionado por testigos que no pueden expresar su opinión; testamento correctamente; (9) Otros materiales de evidencia que no sean legales y auténticos.

Artículo 58: Las pruebas obtenidas con violación de disposiciones prohibitivas de la ley o con infracción de derechos e intereses legítimos de otros no podrán utilizarse como base para la determinación de los hechos del caso. Artículo 59 En un litigio administrativo, si el demandado exige que el demandante aporte pruebas de conformidad con los procedimientos legales y el demandante se niega a presentar pruebas de conformidad con la ley, el tribunal popular generalmente no aceptará las pruebas aportadas en la demanda. Artículo 60 Las siguientes pruebas no pueden utilizarse como base para determinar la legalidad del acto administrativo específico del demandado: (1) Pruebas recopiladas por el demandado y su agente litigante después de ocurrido el acto administrativo específico o durante el proceso del litigio; uso de pruebas por parte del demandado durante el procedimiento administrativo Pruebas utilizadas para privar ilegalmente a ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones de sus derechos de declarar, defender o escuchar de conformidad con la ley (3) Pruebas proporcionadas por el demandante o un tercero en la demanda; y no utilizado por el demandado como base para acciones administrativas específicas en el litigio administrativo.

Artículo 61 Las pruebas recabadas y complementadas por la autoridad reconsideradora durante el procedimiento de reconsideración, o las pruebas que el organismo administrativo que realizó el acto administrativo específico original no presentó a la autoridad reconsideradora durante el procedimiento de reconsideración, no pueden Ser utilizado como prueba para la determinación del tribunal popular. La base legal original para acciones administrativas específicas. Artículo 62 Si el demandante o un tercero aporta prueba que demuestre que existe alguna de las siguientes circunstancias, la conclusión de tasación adoptada por el demandado en el litigio administrativo no será aceptada por el tribunal popular: (1) El tasador no tiene tasación calificaciones; (2) Procedimientos de evaluación Violación grave de la ley (3) La conclusión de la evaluación es incorrecta, poco clara o incompleta;

Artículo 63 El efecto probatorio de varias pruebas que acrediten el mismo hecho generalmente puede determinarse con base en las siguientes circunstancias: (1) Los documentos oficiales producidos por agencias estatales y otros departamentos funcionales de acuerdo con sus competencias son superior a otras pruebas documentales (2) Las conclusiones de la tasación, los registros in situ, los registros de inspección, los materiales de archivo, las pruebas documentales notariadas o registradas son superiores a otras pruebas documentales, materiales audiovisuales y testimonios de testigos; es superior a la copia o reproducción (4) Legal Las conclusiones de la tasación del departamento de tasación son superiores a las de otros departamentos de tasación (5) las transcripciones de la investigación producidas por el tribunal a cargo de la investigación son superiores a las producidas por otros; departamentos; (6) la evidencia original es superior a la evidencia; (7) El testimonio de otros testigos es superior al testimonio proporcionado por testigos que están relacionados con las partes o tienen otras relaciones cercanas; comparecer ante el tribunal para testificar es superior al testimonio de testigos que no testifican ante el tribunal (9) Varios tipos de pruebas con el mismo contenido, un tipo de prueba que es mejor que el aislamiento;

Artículo 64 El intercambio electrónico de datos, el correo electrónico y otros datos fijados o expuestos en soportes tangibles, cuya producción y autenticidad hayan sido confirmadas por la otra parte o probadas mediante escritura pública u otro medio eficaz, serán los mismos. que el original. Artículo 65 Si una de las partes o su agente reconoce claramente los hechos del caso expuestos por la otra parte dentro del alcance de la autoridad de la agencia durante la audiencia judicial, el tribunal popular podrá confirmarlos.

A menos que haya pruebas suficientes para revocarlo. Artículo 66 En los litigios de indemnización administrativa, la identificación de los hechos del caso por las partes para llegar a un acuerdo de mediación cuando el Tribunal Popular preside la mediación no se utilizará como prueba en su contra en litigios posteriores. Artículo 67 En ausencia de influencia externa, si la prueba aportada por una parte es claramente reconocida por la otra parte, se podrá determinar el efecto probatorio de la prueba si la otra parte la niega pero no puede aportar pruebas suficientes para refutarla; Podrá combinarse con todas las pruebas. Revisar las circunstancias del caso para determinar el efecto probatorio de las mismas.

Artículo 68 El tribunal podrá determinar directamente los siguientes hechos: (1) Hechos notorios; (2) Leyes y teoremas naturales (3) Hechos presumidos conforme a la ley; han sido probados de conformidad con la ley; (5) Hechos inferidos de las leyes de la experiencia de la vida diaria; Los puntos (1), (3), (4) y (5) del párrafo anterior, salvo que las partes tengan prueba en contrario suficiente para revocarlo.

Artículo 69: Si el demandante tiene pruebas que demuestran que las pruebas en poder del demandado son beneficiosas para el demandante, y el demandado se niega a proporcionarlas sin razones justificables, se puede presumir que la pretensión del demandante es establecido. Artículo 70 Los hechos confirmados por el documento de sentencia efectiva del Tribunal Popular o el documento de sentencia de la institución de arbitraje podrán utilizarse como base para finalizar el caso. Sin embargo, si se descubre que existen problemas importantes con los hechos identificados en la sentencia o documento de resolución, el litigio se suspenderá y se reanudará después de la corrección mediante procedimientos legales.

Artículo 71 No podrán utilizarse como base para la conclusión de un caso las siguientes pruebas por sí solas: (1) Testimonio rendido por un menor que no sea proporcional a su edad y estado mental; (2) Hay; un parentesco u otra relación con la parte interesada El testimonio de un testigo que está estrechamente relacionado con la parte es favorable a la parte, o el testimonio de un testigo que tiene una relación adversa con la parte es desfavorable para la parte (3); ) El testimonio de un testigo que debería comparecer ante el tribunal para declarar pero no testifica sin razones justificables (4) Si es difícil identificar materiales audiovisuales que hayan sido modificados (5) Copias o reproducciones que no puedan verificarse con; el original; (6) materiales de prueba que han sido modificados por una parte u otras y rechazados por la otra parte (7) otras pruebas que no pueden usarse solas como base para finalizar el caso;

Artículo 72: Si el tribunal puede identificar la prueba que ha sido contrainterrogada en el tribunal, la identificará en el tribunal; si no puede identificarla en el tribunal, lo hará en la sala colegiada. El tribunal popular debe aclarar las razones de la admisibilidad de las pruebas en el documento de sentencia. Artículo 73 Si el tribunal descubre que hay un error en la prueba identificada en el tribunal, podrá corregirlo de las siguientes maneras: (1) Si el error se descubre antes del final del juicio, deberá volver a identificarlo (; 2) Se descubre un error después del juicio o antes de que se pronuncie el veredicto, si se determina el caso, se debe corregir y explicar las razones en el documento de la sentencia, o se puede celebrar una audiencia judicial por separado; nuevos materiales de evidencia que puedan anular la evidencia ya identificada, se requiere una nueva audiencia judicial.

Volver al Capítulo 6 Disposiciones Complementarias Artículo 74 La seguridad personal y patrimonial de los testigos, tasadores y sus familiares cercanos estará protegida por la ley. El Tribunal Popular mantendrá confidenciales las direcciones y la información de contacto de los testigos y tasadores. Artículo 75 Los gastos razonables para que los testigos o tasadores comparezcan ante el tribunal a declarar o aceptar el interrogatorio serán pagados por adelantado por la parte que proporcione los testigos o tasadores y correrán a cargo de la parte perdedora.

Artículo 76 Si los testigos o peritos dan falso testimonio, serán considerados legalmente responsables de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49, párrafo 1, inciso 2, de la Ley de Procedimiento Administrativo. Artículo 77 Si un litigante u otra persona amenaza, insulta, agrede, acosa o toma represalias contra jueces, testigos, tasadores, examinadores y sus familiares cercanos, será procesado de conformidad con el artículo 49 de la Ley de lo Contencioso Administrativo. investigado de conformidad con lo dispuesto en los puntos (3), (5) y (6) de este párrafo.

Artículo 78 Si una unidad o individuo que debe ayudar en la recolección de pruebas se niega a cumplir con su obligación de ayudar sin razones justificables, será considerado legalmente responsable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49, párrafo 1, inciso (5) de la Ley de lo Contencioso Administrativo. Artículo 79 Si la interpretación judicial previa de este tribunal en lo contencioso administrativo fuera incompatible con este reglamento, prevalecerá éste. Artículo 80 El presente reglamento entrará en vigor el 6 de junio de 2002.

Esta disposición no se aplica a los casos administrativos de primera instancia, segunda instancia y nuevo juicio que aún no han concluido en junio 65438 y octubre 65438 en octubre de 2002. Para los casos administrativos que hayan concluido antes de la implementación de estas normas, si la parte interesada solicita un nuevo juicio por violación de estas normas, el tribunal popular no lo apoyará. Después de la implementación de este reglamento, este reglamento se aplicará a los casos administrativos que se decida volver a juzgar de acuerdo con los procedimientos de supervisión del juicio.