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Dictamen Jurídico sobre Terminación de la Relación Contractual de Trabajo

Subjetividad jurídica:

Extinguir la relación laboral es extinguir el contrato de trabajo. Según las leyes de nuestro país, el empleador y el empleado pueden negociar la rescisión del contrato laboral. El empleado podrá rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador por escrito con 30 días de anticipación. Durante el período de prueba, el empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación.

Objetividad jurídica:

El artículo 36 de la “Ley de Contrato de Trabajo” estipula que el empleador y el trabajador pueden rescindir el contrato de trabajo si llegan a un consenso mediante consulta. El artículo 37 de la Ley de Contrato de Trabajo estipula que un empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificando al empleador por escrito con 30 días de anticipación. Durante el período de prueba, el empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación. El artículo 38 de la "Ley de Contrato de Trabajo" estipula que si un empleado tiene alguna de las siguientes circunstancias, el contrato de trabajo podrá rescindirse: (1) No proporcionar protección laboral o condiciones laborales según lo estipulado en el contrato de trabajo; proporcionar suficiente protección laboral de manera oportuna; pagar la remuneración laboral (3) No pagar las primas del seguro social de los trabajadores de acuerdo con la ley (4) Las reglas y regulaciones del empleador violan las disposiciones de las leyes y regulaciones; los derechos e intereses de los trabajadores (5) Debido al artículo 26 de esta Ley Las circunstancias especificadas en el párrafo 1 invalidan el contrato de trabajo (6) otras circunstancias bajo las cuales el empleado puede rescindir el contrato de trabajo según lo estipulado en las leyes y reglamentos administrativos; . Si el empleador obliga al empleado a trabajar mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal, o si el empleador dirige u obliga ilegalmente a realizar trabajos riesgosos que pongan en peligro la seguridad personal del empleado, el empleado podrá rescindir el contrato de trabajo inmediatamente sin notificar al empleador. por adelantado. El artículo 39 de la "Ley de Contrato de Trabajo" estipula que si un empleado tiene alguna de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo: (1) Se demuestra que el empleado no cumple con las condiciones laborales durante el período de prueba; Hay un incumplimiento grave de las normas y reglamentos del empleador; (3) Incumplimiento grave del deber o negligencia, causando un daño significativo al empleador (4) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, causando un impacto grave en el; la finalización de las tareas laborales de la unidad, o el empleador La unidad se niega a hacer correcciones (5) El contrato de trabajo es inválido debido a las circunstancias especificadas en el primer párrafo del artículo 26, párrafo 1 de esta Ley; (6) Está siendo investigado; de responsabilidad penal de conformidad con la ley.