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¿Las placas de matrícula son propiedad personal?

Análisis Legal: Depende de la situación. Si la matrícula está registrada a nombre de un automóvil comprado por una de las partes antes del matrimonio, se considera propiedad personal. La matrícula en sí no tiene un precio claro, pero tiene un valor determinado debido a factores como la región, la carretera, el tráfico, el funcionamiento, etc., formando una conocida propiedad "invisible", que en ocasiones es incluso más valiosa que la un automóvil y más fácil de vender y realizar transacciones. Los precios de las matrículas se ven afectados y regulados por el mercado y tienen cierto grado de volatilidad. Sólo después de la tasación o subasta podremos saber su precio dentro de un determinado periodo de tiempo, por lo que significa que es una propiedad valiosa y de difícil valoración. Por tanto, cuando os divorciéis, podéis pedir que se divida el precio de la matrícula.

Base legal: El artículo 1062 del "Código Civil de la República Popular China" estipula que las siguientes propiedades adquiridas por el marido y la mujer durante el matrimonio son propiedad conjunta del marido y la mujer y pertenecen al marido. y esposa:

(1) ) Salarios, bonificaciones y remuneraciones por servicios laborales;

(2) Ingresos provenientes de la producción, operación e inversión;

(3 ) Rentas por derechos de propiedad intelectual;

(4) Herencia o Donación de bienes, salvo lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 1063 de esta Ley;

(5) Otros bienes que deban pertenecer a * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos para disponer de los mismos bienes.

Artículo 1063 Son bienes muebles de uno de los cónyuges los siguientes bienes:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Los bienes de una de las partes adquirido debido a lesiones personales Compensación o compensación;

(3) Propiedad determinada que pertenece solo a una de las partes en el testamento o contrato de donación;

(4) Necesidades diarias exclusivas de una de las partes ;

( 5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.