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Disposiciones legales relativas al derecho de los defensores a solicitar cambios en las medidas coercitivas

En primer lugar, la solicitud debe ser presentada por el propio sospechoso o imputado o por su representante legal y sus familiares cercanos. Al mismo tiempo, su sincero remordimiento durante el juicio o su delito no es suficiente para lograr resultados graves o fatales o sólo tiene un daño menor. Estas circunstancias pueden alterar las medidas de ejecución.

1. Los presuntos delincuentes, los imputados y sus representantes legales, familiares cercanos o defensores tienen derecho a solicitar modificaciones en las medidas coercitivas. El tribunal, la fiscalía y el órgano de seguridad pública tomarán una decisión dentro de los tres días siguientes a la recepción de la solicitud; si no están de acuerdo en modificar las medidas obligatorias, informarán al solicitante y explicarán los motivos del desacuerdo;

2. Si el caso en el que se encuentra detenido un sospechoso o imputado no puede concluirse dentro de los plazos de investigación y custodia, revisión y procesamiento, en primera instancia y en segunda instancia previstos en la Ley de Procedimiento Penal. , el sospechoso o acusado será puesto en libertad si es necesario continuar la investigación y el juicio, el sospechoso o acusado podrá ser puesto en libertad bajo fianza en espera del juicio o puesto bajo vigilancia residencial;

Las circunstancias para la defensa designada incluyen:

1. El imputado es ciego, sordo, mudo o menor de edad y no ha designado defensor;

2. el imputado era menor de 18 años en el momento del juicio;

3. El imputado podrá ser condenado a cadena perpetua o a muerte sin confiarle defensor.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: “Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre Solicitud”.

Artículo 133: Si el detenido tiene alguna de las siguientes circunstancias, el tribunal popular podrá modificar las medidas coercitivas: (1) Padecer una enfermedad grave y no poder valerse por sí mismo.

(2) Estar embarazada o amamantando a un bebé;

(3) Ser cuidador exclusivo de una persona que no puede cuidar de sí misma;

Artículo 136: Si la Fiscalía Popular hace una recomendación para levantar o modificar las medidas obligatorias contra un acusado que ha sido arrestado por el Tribunal Popular, el Tribunal Popular notificará a la Fiscalía Popular para que se ocupe del asunto dentro de diez días después de recibir la recomendación.