¿Tiene efectos legales la notificación de la pérdida del documento de identidad?
Base jurídica: Artículo 171 del "Derecho Civil". Si el actor no tiene poder de agencia, se excede en ella o continúa actuando después de extinguido el poder de agencia, el mandante. será responsable ante el mandante sin la ratificación del mandante. No tiene efecto. La contraparte podrá instar al comitente para que lo ratifique dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si el mandante no hace declaración, se entenderá como negativa a ratificar. Antes de que se ratifique el acto realizado por el actor, la contraparte de buena fe tiene derecho a revocarlo. La revocación se efectuará mediante notificación. Si el acto realizado por el actor no ha sido ratificado, la contraparte de buena fe tiene derecho a exigir al actor el cumplimiento de la deuda o a exigirle la reparación del daño sufrido. Sin embargo, el alcance de la compensación no excederá los beneficios que la contraparte pueda obtener al ser ratificada por el agente. Si la contraparte sabe o debería saber que el autor no tiene autoridad para actuar, la contraparte y el autor serán responsables por sus respectivas faltas.