Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Es ilegal obligar a las mujeres embarazadas a trabajar horas extras?

¿Es ilegal obligar a las mujeres embarazadas a trabajar horas extras?

Es ilegal que el empleador obligue a las mujeres embarazadas a trabajar horas extras. Aunque el empleador puede exigir a sus empleados que trabajen horas extras bajo la premisa de que el empleador paga salarios por horas extras por completar el trabajo temporal y otras razones, las mujeres embarazadas no son aptas para trabajos de alta intensidad debido a su particularidad, por lo que el empleador en este tiempo El empleador no puede obligar a las mujeres embarazadas a trabajar horas extras por ningún motivo. Los subsidios de maternidad para las empleadas durante su licencia de maternidad serán pagados por la caja del seguro de maternidad de acuerdo con el salario mensual promedio de las empleadas durante el año anterior; si no participan en el seguro de maternidad, el empleador pagará el subsidio de maternidad de acuerdo con el monto establecido. estándares salariales de las empleadas antes de su licencia de maternidad. Los gastos médicos de las empleadas que den a luz o aborten serán pagados por la caja del seguro de maternidad de conformidad con los elementos y normas estipulados en el seguro de maternidad. Si no participa en el seguro de maternidad, el empleador lo pagará.

Base legal:

Disposiciones especiales sobre protección laboral para las empleadas

Artículo 4 Los empleadores deberán cumplir con las regulaciones sobre el alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar. participando en. El empleador deberá informar a las empleadas por escrito sobre los puestos en la unidad que están dentro del alcance del trabajo que las empleadas tienen prohibido desempeñar.

El ámbito de trabajo que las empleadas tienen prohibido realizar se detalla en el anexo de este reglamento. El departamento de administración y supervisión de la seguridad de la producción del Consejo de Estado, junto con el departamento administrativo de recursos humanos y seguridad social del Consejo de Estado y el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, ajustarán el alcance del trabajo que las empleadas no pueden realizar. en base al desarrollo económico y social.

Artículo 5 Los empleadores no reducirán los salarios, despedirán ni rescindirán los contratos laborales o de empleo de las empleadas por motivo de embarazo, parto o lactancia.

Artículo 6 Si una empleada no puede adaptarse al trabajo original durante el embarazo, el empleador reducirá su carga de trabajo u organizará otro trabajo adaptado según el certificado de la institución médica. Para las empleadas que estén embarazadas de más de siete meses, el empleador no ampliará la jornada laboral ni organizará turnos nocturnos, y deberá disponer de un determinado período de descanso durante la jornada laboral. Si una empleada embarazada se somete a control prenatal durante el horario de trabajo, el tiempo requerido se incluirá en el horario de trabajo.