Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Cómo puede un acusado acudir a los tribunales si no tiene dinero para contratar a un abogado?

¿Cómo puede un acusado acudir a los tribunales si no tiene dinero para contratar a un abogado?

Subjetividad jurídica:

Si no tienes dinero para contratar a un abogado pero quieres litigar, si cumples las condiciones, puedes solicitar asistencia jurídica en el centro de asistencia jurídica de la autoridad judicial local. Cuando se proporciona asistencia jurídica, no se requieren honorarios de abogados. Artículo 36 de la Ley de Procedimiento Penal: Las agencias de asistencia jurídica pueden enviar abogados de turno en los tribunales populares, centros de detención y otros lugares. Si el sospechoso o acusado no ha designado un defensor o la agencia de asistencia jurídica no ha designado un abogado para defenderlo, el abogado de turno proporcionará al sospechoso o acusado asesoramiento jurídico, sugerencias de selección de procedimiento, solicitud de cambios en las medidas obligatorias, sugerencias para el manejo de casos y otra asistencia legal. Los tribunales populares, las fiscalías populares y los centros de detención deben informar a los sospechosos y acusados ​​de delitos de su derecho a reunirse con abogados de turno, y brindar comodidad a los sospechosos y acusados ​​de delitos para que se reúnan con abogados de turno.

Objetividad jurídica:

Artículo 35 de la Ley de Procedimiento Penal Si un sospechoso o acusado de un delito no contrata a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones, él o sus familiares cercanos deberán Puede aplicar a las agencias de asistencia legal. Para quienes reúnan las condiciones para recibir asistencia jurídica gratuita, la institución de asistencia jurídica designará un abogado para defenderlos. Si un sospechoso o acusado es ciego, sordo, mudo o un enfermo mental que no ha perdido completamente la capacidad de reconocer o controlar su propio comportamiento y no ha designado un defensor, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública notificarán al agencia de asistencia jurídica para que designe un abogado que lo defienda. Artículo 36 Las instituciones de asistencia jurídica podrán enviar abogados de turno a los tribunales populares, centros de detención y otros lugares. Si el sospechoso o acusado no ha designado un defensor o la agencia de asistencia jurídica no ha designado un abogado para defenderlo, el abogado de turno proporcionará al sospechoso o acusado asesoramiento jurídico, sugerencias de selección de procedimiento, solicitud de cambios en las medidas obligatorias, sugerencias para el manejo de casos y otra asistencia legal.