Análisis jurídico: Según la división de responsabilidades, el personal auxiliar de la policía se divide en policía auxiliar civil y policía auxiliar de servicio. La policía auxiliar civil es responsable de ayudar a la policía popular en puestos no policiales de los órganos de seguridad pública para llevar a cabo la gestión administrativa, el apoyo técnico, el apoyo policial y otras tareas. La policía auxiliar de servicio es responsable de ayudar a la policía popular según la ley. puestos de aplicación de la ley de los órganos de seguridad pública para llevar a cabo tareas de aplicación de la ley y otras actividades de servicio. Al mismo tiempo, aclara los trabajos auxiliares pertinentes que pueden realizar la policía auxiliar civil y la policía auxiliar de servicio, y estipula los trabajos que el personal auxiliar de la policía no puede realizar. El personal auxiliar de la policía recibirá certificados de trabajo uniformes de acuerdo con la reglamentación y deberá usar certificados cuando trabaje. El comportamiento del personal auxiliar de la policía para ayudar a la policía popular en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley está protegido por la ley, y las consecuencias del desempeño de sus funciones serán asumidas por los órganos de seguridad pública donde trabajan. Los "Opiniones" estipulan las condiciones básicas que debe tener el personal auxiliar de la policía y aclaran que aquellos que hayan recibido sanciones penales o sanciones por gestión de seguridad pública, o que tengan antecedentes personales graves de mal crédito no pueden realizar trabajos auxiliares de la policía. Los "Dictámenes" exigen que las responsabilidades de gestión del personal auxiliar de la policía se apliquen estrictamente de conformidad con el principio de "quién utiliza, quién gestiona y quién es responsable".
Base jurídica: “Dictamenes sobre Regulación de la Gestión del Personal Policial Auxiliar de los Órganos de Seguridad Pública”.
Artículo 3. El término “personal auxiliar de policía” mencionado en estas Medidas se refiere al personal contratado de conformidad con la ley, administrado y utilizado por órganos de seguridad pública, que desempeña las funciones estipuladas en estas Medidas y las funciones laborales. contrato, y no tienen la condición de policía popular. Incluyen principalmente al personal policial civil y auxiliar que realiza labores auxiliares a la policía. Los órganos de seguridad pública contratan personal de servicios de logística, voluntarios sociales y otras fuerzas auxiliares de la seguridad social que se dedican a la restauración, la limpieza, la seguridad, etc., y no están incluidos en el ámbito de gestión del personal auxiliar de policía de los órganos de seguridad pública.
Artículo 4 El personal auxiliar de la policía no tiene las calificaciones como sujetos encargados de hacer cumplir la ley y no puede participar directamente en la aplicación de la ley en materia de seguridad pública. Realizar labores auxiliares bajo el mando y supervisión de la policía de seguridad pública. El personal auxiliar de la policía que desempeña funciones oficiales de conformidad con estas Medidas está protegido por la ley. Las unidades y personas pertinentes deben cooperar. Las consecuencias legales pertinentes correrán a cargo de los órganos de seguridad pública.