¿El tribunal arrestará al acusado por intentar suicidarse durante el juicio? ¿Cuál es el procedimiento y cuál es la base legal?
Artículo 79 de la “Ley de Procedimiento Penal” Para los sospechosos e imputados de delitos que tengan pruebas que acrediten los hechos del delito y puedan ser condenados a pena de prisión fija o superior, quedando en libertad bajo fianza. el juicio pendiente no es suficiente para prevenir los siguientes peligros sociales. Debe ser arrestado si:
(a) puede cometer nuevos delitos;
(2) existe un peligro real de poner en peligro la seguridad nacional. , seguridad pública u orden social;
(3) Puede destruir o falsificar pruebas, interferir con el testimonio de un testigo o confabularse con una confesión.
(4) Puede tomar represalias contra la víctima o el reportero; , o acusador;
(5) Intentar suicidarse o escapar.
Artículo 129 de la Interpretación Judicial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Si el imputado que se encuentra en libertad bajo fianza en espera de juicio concurre alguna de las siguientes circunstancias, el tribunal popular decidirá su arresto:
(1) Crimen intencional Nuevo crimen;
(2) Intentar suicidarse o escapar;
(3) Destruir o fabricar pruebas, interferir con el testimonio de testigos o confabularse con confesiones ;
( 4) Tomar represalias contra víctimas, reporteros y denunciantes;
(5) No comparecer ante el tribunal sin motivos justificables después de la citación, afectando el desarrollo normal de las actividades del juicio;
( 6) Cambiar la información de contacto o residencia sin autorización, lo que resulta en la falta de citación, lo que afecta las actividades normales del juicio;
(7) Salir de la ciudad o condado donde uno vive sin aprobación, lo que afecta actividades normales de prueba, o sin permiso Aprobado para salir de la ciudad o condado donde vive dos veces;
(8) Violar las regulaciones al ingresar a lugares específicos, reunirse o interactuar con personas específicas, o participar en actividades específicas , afectando el desarrollo normal de las actividades del juicio, o violando las normas pertinentes estipuladas dos veces;
(9) Otras circunstancias bajo las cuales el arresto debe decidirse de acuerdo con la ley.