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¿Cómo llamar a la policía cuando te amenazan?

Amenazar con llamar a la policía, de la siguiente manera:

1. Marcar al 110 o acudir directamente a la comisaría de la jurisdicción

2. el órgano de seguridad pública y proporcionará información relevante sobre la otra parte;

3. Los órganos de seguridad pública revisarán el incidente y las pruebas y pistas proporcionadas por el reportero, y archivarán el caso si cumple con los requisitos. condiciones para presentar el caso.

Los métodos para afrontar las amenazas son los siguientes:

1. Escribir directamente a los padres de la otra parte y señalar la gravedad del problema. Informe a la unidad de la otra parte Informe la situación al comité vecinal o al comité del pueblo y conserve los correos electrónicos y mensajes de texto amenazados. Si la otra parte es acosada por teléfono, puede utilizar la grabación telefónica para preservar las pruebas;

3. Vaya a la comisaría de policía local, tome las pruebas retenidas y archívelas independientemente de si la policía las maneja. o no, solicite el archivo primero;

4. Canalice a través de amigos u otras relaciones y haga que todo salga bien.

En resumen, las personas que han sido amenazadas o intimidadas pueden denunciar el caso a los órganos de seguridad pública de conformidad con la ley y solicitar a los órganos de seguridad pública que se ocupen de los sospechosos de conformidad con las leyes pertinentes.

Base legal:

Artículo 42 de la “Ley Sancionatoria para la Gestión de la Seguridad Pública”

Quien cometa cualquiera de los siguientes actos será detenido por no más de cinco días o una multa de no más de quinientos años. Se podrá imponer una multa de no más de 500 RMB si las circunstancias son graves; la persona será detenida durante no menos de cinco días pero no más de diez días, y no se le podrá imponer una multa; más de 500 RMB:

(1) Escribir cartas amenazantes o amenazar la seguridad personal de otros por otros medios;

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(2) Insultar públicamente a otros o inventar hechos difamar a otros;

(3) inventar hechos para incriminar a otros en un intento de someter a otros a un proceso penal o sanciones de gestión de seguridad pública;

(4) amenazar, insultar, golpear o tomar represalias contra testigos y sus familiares cercanos;

(5) enviar repetidamente mensajes obscenos, insultantes, amenazantes o de otro tipo que interfieran con la vida normal de otros.

(6) espiar, filmar; , escuchas ilegales y difusión de la privacidad de otras personas.

Artículo 293

Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de provocar riñas, provocar disturbios o alterar el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años, penal. detención o vigilancia:

golpear aleatoriamente a otros, si las circunstancias son atroces;

(2) perseguir, interceptar, insultar o intimidar a otros, si las circunstancias son atroces;

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(3) Extorsionar o dañar arbitrariamente o apropiarse indebidamente de propiedad pública o privada, si las circunstancias son graves;

(4) Causar disturbios en lugares públicos, causar desorden grave en lugares públicos; Quien congregue varias veces una multitud para cometer los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado.