¿Existe una tarifa anual por los derechos de autor del software?
Base legal: El artículo 14 del “Reglamento de Protección del Software Informático” surge a partir de la fecha de desarrollo del software. El período de protección de los derechos de autor del software de una persona física es la vida de la persona física y 50 años después de su muerte, finalizando el 65438 del año 50 después de su muerte + el 31 de febrero, si el software se desarrolla conjuntamente, finalizará el 65438 del día 50; año posterior al fallecimiento de la última persona física +31 de febrero. El período de protección de los derechos de autor del software para personas jurídicas u otras organizaciones es de 50 años y finaliza el 65438 + 31 de febrero del año 50 después de la primera publicación del software. Sin embargo, si el software no se publica dentro de los 50 años siguientes a la fecha de finalización del desarrollo, este reglamento ya no lo protegerá.