¿Cuál es el plazo de prescripción para las lesiones menores clasificadas como provocar peleas y provocar problemas?
El plazo de prescripción para causar lesiones leves provocando riñas y provocando problemas es de cinco años. Será castigado con pena privativa de libertad no superior a cinco años, prisión preventiva o vigilancia el que cometa cualquiera de los siguientes actos de provocación de disturbios y alteración del orden social:
1. circunstancias graves;
2. perseguir, interceptar, insultar o intimidar a otros, si las circunstancias son graves;
3. grave;
4. En lugares públicos * * * Reunir una multitud para causar problemas, causando desorden grave en lugares públicos.
Una organización tríada debe tener las siguientes características:
1. Formar una organización criminal relativamente estable con una gran cantidad de personas, organizadores y líderes claros y miembros clave básicamente fijos;
2. La organización obtiene beneficios económicos a través de actividades ilegales y criminales u otros medios, tiene cierta fortaleza económica y apoya las actividades de la organización;
3. llevar a cabo actividades organizadas para muchas veces actividades ilegales y criminales, cometiendo crímenes malvados, oprimiendo y dañando a las masas
4. , dominar un partido y formar control o control ilegal en un área o industria determinada tiene un impacto importante y altera gravemente el orden de la vida económica y social.
En resumen, quienes celebren asambleas, procesiones o manifestaciones sin solicitar u obtener permiso conforme a la ley, o incumpliendo los horarios, lugares y recorridos de inicio y fin permitidos por las autoridades competentes. autoridad, negarse a obedecer órdenes de disolución y alterar gravemente el orden social, serán sancionados con pena privativa de libertad no superior a cinco años, los responsables directos de reuniones, procesiones y manifestaciones. detención, vigilancia pública o privación de derechos políticos.
Base jurídica:
Artículo 293 de la "Ley Penal de la República Popular China"
Quien cometa cualquiera de los siguientes actos de provocar disturbios y perturbar orden social será condenado a una pena de prisión no superior a cinco años. Prisión de duración determinada, detención penal o vigilancia:
(1) Golpear a otros a voluntad, las circunstancias son atroces;
(2) Perseguir, interceptar, insultar o intimidar a otros, las circunstancias son abominables;
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(3) Extorsión o daño arbitrario o apropiación indebida de propiedad pública o privada, las circunstancias son graves ;
(4) En lugares públicos, provocando graves disturbios en lugares públicos.
Quien congregue varias veces una multitud para cometer los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado.