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¿Cuánto estipula la ley para apoyar a las personas mayores?

Análisis legal: Primero calcule el ingreso mensual per cápita de una familia con un hijo. Cuando el ingreso mensual per cápita de los niños es inferior al umbral mínimo de seguridad vital, se considera que los niños no pueden proporcionar pensión alimenticia a sus padres. Cuando el ingreso mensual per cápita de la familia del niño sea superior a la línea mínima de seguridad vital, la manutención de los hijos se calculará como 50 para el exceso y menos de dos hijos, si hay más de tres hijos, se calculará la manutención de los hijos; como 40. La pensión alimenticia a pagar se divide por el número de dependientes para obtener la pensión alimenticia pagada a cada dependiente. Los estándares para determinar la pensión alimenticia por parte del tribunal popular incluyen: el nivel económico local, las necesidades reales del dependiente y la capacidad financiera del dependiente.

Base legal: El artículo 14 de la "Ley de Protección de los Derechos e Intereses de las Personas Mayores" establece que obligaciones tales como apoyo financiero, cuidado diario, consuelo espiritual y cuidados especiales para las personas mayores deberán cumplirse.

Los manutención se refieren a los hijos de personas mayores y otras personas que tienen la obligación de sustentar según la ley.

El cónyuge del cuidador deberá asistir a éste en el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.

El artículo 15 de la "Ley de Protección de los Derechos e Intereses de las Personas Mayores" estipula que los cuidadores deben garantizar que las personas mayores enfermas reciban tratamiento y atención oportuna y cubrir los gastos médicos de las personas mayores con dificultades económicas; .

Para los ancianos que no pueden cuidarse a sí mismos, los cuidadores deben asumir la responsabilidad de cuidarlos; si los ancianos no pueden cuidarse a sí mismos, pueden confiar a otros o a instituciones de enfermería para que los cuiden. según los deseos de las personas mayores.

El artículo 16 de la "Ley de Protección de los Derechos e Intereses de las Personas Mayores" dispondrá adecuadamente la vivienda para las personas mayores y no las obligará a vivir o trasladarse a casas en peores condiciones.

Los hijos u otros familiares no podrán ocupar las casas de propiedad o alquiler de las personas mayores, ni podrán alterar los derechos de propiedad o las relaciones de arrendamiento sin autorización.

Las personas mayores tienen sus propias casas, y sus cuidadores tienen la obligación de mantenerlas.