Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Cómo identificar a alguien que está insultando a alguien?

¿Cómo identificar a alguien que está insultando a alguien?

Análisis legal: El estándar para presentar un caso por insultar a otros es un comportamiento insultante y las circunstancias son graves. La determinación concreta del delito de injuria debe analizarse desde los siguientes cuatro aspectos:

(1) El objeto de este delito es la dignidad personal y la reputación de los demás.

(2) Elementos objetivos Este delito se manifiesta objetivamente como un acto grave que degrada públicamente la personalidad y daña la reputación de otros mediante la violencia u otros medios.

1. Insultar a los demás.

2. Los insultos deben realizarse en público. El llamado insulto "público" se refiere a insultar a otros delante de un tercero o incluso de todos, o de una manera que pueda ser escuchada o vista por personas no especificadas o por la mayoría de las personas.

3. El destinatario del insulto debe ser una persona concreta. La persona concreta puede ser una o varias personas, pero debe ser concreta e identificable.

4. La conducta de insultar públicamente a otros debe ser grave para constituir este delito. Aunque hay comportamientos que insultan abiertamente a otros, no son graves y son sólo una infracción civil general.

(3) Requisitos del Sujeto El sujeto de este delito es un sujeto general, puede cometer este delito cualquier persona natural que haya alcanzado la mayoría de edad penal y tenga capacidad de ser penalmente responsable.

(4) Elementos subjetivos: Este delito se manifiesta subjetivamente como intencionalidad directa, con el propósito de menospreciar la personalidad y dañar la reputación de los demás. La dolo indirecto y la negligencia no constituyen este delito.

Base jurídica: El artículo 246 de la "Ley Penal de la República Popular China" insulta públicamente a otros mediante la violencia u otros métodos o fabrica hechos para difamar a otros. Si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos.

Salvo los delitos que pongan en grave peligro el orden social y los intereses nacionales, los delitos del párrafo anterior sólo serán objeto de tratamiento si se les informa.

Si la víctima informa al Tribunal Popular del comportamiento especificado en el párrafo 1 a través de la red de información, pero es realmente difícil aportar pruebas, el Tribunal Popular puede solicitar a los órganos de seguridad pública que le presten asistencia.