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¿Cuáles son las normas de comportamiento para el entrenamiento deportivo extraescolar?

El contenido del "Código de conducta para el entrenamiento deportivo extracurricular" consta de 7 capítulos y 28 artículos, que incluyen requisitos generales, requisitos de lugares e instalaciones, requisitos curriculares, requisitos de los profesionales, requisitos de gestión interna, requisitos de seguridad y disposiciones complementarias.

Entre ellos, el Capítulo 4, Artículo 12, establece que los entrenadores de materias de formación deportiva extracurricular deberán poseer al menos uno de los siguientes certificados: Certificado de Título Profesional de Entrenador Deportivo; Certificado de Calificación Profesional de Instructor Sociodeportivo; Certificado de nivel de habilidad deportiva emitido; Certificado de Calificación de Profesor de Educación Física.

Certificado de nivel de habilidad vocacional deportiva emitido por una agencia de evaluación de talentos determinada por el Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social; certificados relevantes reconocidos por departamentos administrativos deportivos a nivel provincial o superior. Al contratar entrenadores extranjeros, deben cumplir con las leyes y regulaciones pertinentes y hacer un buen trabajo verificando los certificados de calificación de los entrenadores extranjeros.

Introducción a otras normas

El artículo 13 del "Código de Conducta para el Entrenamiento Deportivo Extraescolar" estipula que el sujeto de entrenamiento deportivo extraescolar deberá divulgar el nombre, fotografía, número de certificado de calificación y otros datos del entrenador. El artículo 14 establece que las entidades de formación deportiva extracurricular realizarán controles de antecedentes de los practicantes que vayan a ser contratados. No podrán ser contratados aquellos que hayan sido privados de derechos políticos o hayan sido sancionados penalmente por delitos dolosos.

El "Código de conducta para el entrenamiento deportivo extraescolar" también establece requisitos claros para los lugares e instalaciones para el entrenamiento deportivo extraescolar. Los clubes deportivos juveniles, las instituciones de entrenamiento deportivo y las escuelas deportivas llevan a cabo entrenamiento deportivo extracurricular. El área de entrenamiento per cápita para ajedrez y deportes de cartas no es inferior a 3 metros cuadrados, y el área de entrenamiento per cápita para otros deportes no es inferior a. 5 metros cuadrados.

En el capítulo de requisitos curriculares se estipula que el cuerpo principal de formación deportiva extraescolar debe estar dotado de un número de entrenadores adecuados a su propia escala. En principio, el número de personas en cada clase de formación no excederá de 35, y se necesitarán al menos 2 instructores para una formación de más de 10 personas.

En el “Código de Conducta para el Entrenamiento Deportivo Extraescolar”, el capítulo 6 es el que más requisitos de seguridad tiene, con un total de 6 ítems. Entre ellos, el artículo 23 estipula que los sujetos de entrenamiento deportivo extracurricular deben estar equipados con medicamentos y equipos médicos de emergencia regulares, incluidos desinfectantes y vendajes medicinales. Fomentar el equipamiento de un desfibrilador externo automático (DEA).

Las entidades de formación deportiva extraescolar deberán contar con al menos un alumno que haya obtenido un certificado de primeros auxilios según su propio baremo. El artículo 26 establece que se incentiva a las entidades de formación deportiva extraescolar a contratar un seguro de responsabilidad civil para locales comerciales. Se anima a las entidades de formación deportiva extraescolar a contratar un seguro de accidentes personales para los participantes.