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Definición de delito en el derecho penal

El párrafo 3 del artículo 20 del actual Código Penal de mi país estipula las circunstancias especiales de legítima defensa, pero no proporciona una definición clara del "delito de lesión".

El artículo 20, párrafo 3 de la Ley Penal de mi país estipula: Tomar medidas defensivas contra delitos violentos en curso como asesinato, asesinato, robo, violación, secuestro, etc. que pongan en grave peligro la seguridad personal y resulten en una infracción ilegal. y bajas, no constituye defensa excesiva y no conlleva responsabilidad penal.

Contenido ampliado:

En comparación con "asesinato, robo, violación, secuestro", "paliza" es una palabra más vívida y también es vaga y difícil de definir con precisión. Sin embargo, con el fin de proporcionar un estándar de juicio preciso para la práctica judicial, los estudiosos del derecho penal han dado varias explicaciones para el "asesinato":

Características de la "agresión"

Según el "Derecho Penal" "En la estructura general del artículo 20, apartado 3, existe una relación lógica entre el "delito de lesiones" y los otros cuatro tipos de delitos violentos, de la que se pueden extraer dos conclusiones:

En primer lugar, "el delito de lesiones", etc. Los cuatro tipos de actos delictivos son * * * idénticos en estructura y contenido. No hay duda de que existen * * * características entre los individuos en una relación compartida, pero cómo captar sus * * * características debe considerarse junto con las disposiciones sobre "otros delitos violentos que pongan en grave peligro la seguridad personal" después de los cinco tipos. de crímenes violentos.

Como regla general, "otras amenazas graves a la seguridad personal", por un lado, complementa de forma integral innumerables delitos violentos mediante la palabra "otros", y por otro lado, revela y resume los * * * de los primeros cinco tipos de delitos La naturaleza del delito es un delito violento que amenaza gravemente la seguridad personal de otros.

En segundo lugar, el “delito de lesiones” no está incluido entre los otros cuatro delitos, y no existe ninguna relación cruzada. La palabra "matar" se acerca a la comprensión cotidiana de "hacer el mal". Muchos actos violentos e ilegales graves se pueden resumir en "matar". En la medida en que el término "agresión" pueda incluir la última categoría de delitos violentos, tiene un estatus paralelo en la ley. Para mantener la integridad y el orden de la estructura lógica interna de las disposiciones del derecho penal, es necesario limitar la interpretación del término "delito de lesión".

Con base en esto, se puede concluir que el "asesinato" tiene las siguientes características:

(1) La "agresión" es una conducta más que un delito específico. En el derecho penal de nuestro país no existe ninguna disposición sobre el delito de lesiones. Si la agresión es un delito, sólo puede considerarse como un conjunto de uno o más delitos específicos. Sin embargo, resumir de manera abstracta la "paliza" como delito entrará en conflicto en función y utilidad con "otros delitos violentos que ponen en grave peligro la seguridad personal". No es necesario que los legisladores incluyan dos conceptos generales de recaudación en el mismo artículo al legislar.

Por lo tanto, a juzgar por los resultados contradictorios, la suposición de que el "homicidio" es un delito es difícil de establecer. Por lo tanto, entender la "paliza" como un acto violento no sólo favorece la aplicación en la práctica del párrafo 3 del artículo 20 del Código Penal, sino que también favorece el mantenimiento de la generalidad y la sistematicidad del derecho penal, que es el mantenimiento de El principio de legalidad del delito y de la pena.

(2) La "paliza" es un tipo de violencia física. Como una de las situaciones de la defensa general, la defensa especial también debe cumplir con las disposiciones de la defensa general. El comportamiento defensivo del defensor contra los delincuentes debe ser de nivel básico. Dado que la conducta delictiva del delincuente es violencia física, el contraataque del defensor en defensa especial para proteger sus propios intereses también es violencia física. Por lo tanto, como una de las razones de la defensa especial, "agresión" se refiere únicamente a la violencia física, no a la violencia mental.

(3) "Agresión" es un delito que implica lesiones personales graves. El derecho especial de defensa es un arma "de abajo hacia arriba" utilizada por el Estado para permitir a los ciudadanos luchar contra los delincuentes cuando su seguridad personal se ve seriamente amenazada. Al comparar otros delitos yuxtapuestos, se puede saber que la violencia debe alcanzar un nivel que ponga en grave peligro la seguridad personal. A juzgar por los delitos enumerados en la legislación penal vigente, se refieren principalmente a delitos que vulneran los derechos a la vida, la salud, la libertad, los derechos sexuales y la salud física y mental.

(4) "Agresión" es un acto cuyo delito específico no puede determinarse. De lo anterior se desprende que lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 20 de la Ley Penal debe analizarse desde la perspectiva del comportamiento. Dado que el ámbito de protección del "delito de lesiones" es diferente de los otros cuatro actos violentos, si se puede determinar el delito específico, como lesiones intencionales, cae dentro del ámbito de "otros actos violentos que ponen en grave peligro la seguridad personal", mientras que si No se puede determinar el delito específico, se incluye en el ámbito de aplicación del delito de lesiones. De esta manera, el párrafo 3 del artículo 20 del Código Penal puede cubrir plenamente posibles formas de comportamiento sin sospecha de duplicación legislativa, garantizando el alcance de la adaptación del Código Penal sin violar la modestia del Código Penal.

2. Explicaciones y valoraciones existentes sobre el "asesinato"

(1) Teoría de la muerte por lesión grave. Esta teoría sostiene que "cometer un delito" se refiere a un acto que amenaza gravemente la seguridad personal de otros a través de medios violentos, y que el acto causará consecuencias graves, como lesiones graves o la muerte a otros. La teoría de la muerte por lesiones graves comprende el "homicidio" a partir de la gravedad del resultado y cree que su daño sólo puede utilizarse como causa y condición para una defensa especial hasta cierto punto, lo cual es razonable.

Sin embargo, esta teoría también tiene algunas desventajas: en primer lugar, el comportamiento especificado en el párrafo 3 del artículo 20 de la Ley Penal tendrá consecuencias graves. Es difícil distinguir la "paliza" de otros delitos utilizando la teoría. de lesiones graves o muerte, lo que dificulta distinguir la "paliza" de otros delitos. La "agresión" ha perdido su valor independiente como acto enumerado por separado; en segundo lugar, la teoría se centra en las graves consecuencias del acto y no las define claramente; "homicidio" en sí. Por lo tanto, la teoría de que las lesiones graves provocan la muerte sigue siendo discutible.

(2) Teoría del daño intencional. Esta teoría sostiene que "homicidio" incluye homicidio intencional y lesión intencional. Debido a que el homicidio intencional está incluido en "homicidio", "homicidio" solo se refiere a lesión intencional. El párrafo 3 del artículo 20 del Código Penal enumera cuatro actos típicos de violencia grave: asesinato, robo, violación y secuestro. Las lesiones intencionales, como uno de los delitos violentos típicos, reemplazan al "delito de lesiones" después del homicidio intencional y están en consonancia con el enfoque legislativo en el nivel correspondiente.

Sin embargo, los problemas que conlleva también son evidentes. Después de que el tercer párrafo estipula "otros delitos violentos que ponen en grave peligro la seguridad personal", ciertamente se puede incluir el delito de lesiones intencionales. No tiene significado práctico reemplazar el delito de "agresión" por el delito de lesiones intencionales. Además, si "agresión" se refiere a lesiones intencionales, no es necesario enumerar el delito de agresión por separado en la legislación, por lo que "agresión" no equivale a lesiones intencionales. Esta opinión es difícil de justificar.

(3) La teoría del arma homicida. Esta teoría sostiene que el "homicidio" se limita a actos de violencia contra otras personas con un arma, y ​​se excluye del homicidio intencional y la posesión de un arma es un elemento importante para el establecimiento del "homicidio". La ventaja de esta teoría es que, por un lado, le da a la palabra "golpear" en el párrafo 3 del artículo 20 de la Ley Penal una connotación independiente, que se diferencia claramente de otros actos de violencia. La premisa es que el arma homicida comete el homicidio; un delito violento contra otros, lo que proporciona un criterio claro para la identificación del "delito de lesiones" en la práctica.

Los estudiosos que sostienen este punto de vista intentan evitar que los defensores abusen de la defensa especial limitando el alcance de la "golpeada", pero los resultados no son satisfactorios. Es difícil aceptar la explicación de que "homicidio" significa "lesiones causadas por posesión de un arma homicida". Además, en muchos delitos como el asesinato y el robo, los perpetradores suelen portar armas para cumplir sus fines delictivos. Por ejemplo, A mata a B con un cuchillo y B adopta una defensa especial contra el asesinato de A. En este momento, el comportamiento asesino de A sólo necesita utilizarse como condición para el establecimiento de una defensa especial, y el "homicidio" es difícil de utilizar en competencia con otros delitos violentos. Por tanto, la teoría del arma homicida no es la explicación más razonable.

(4) Teoría de la intención desconocida. Esta teoría cree que el "homicidio" es un comportamiento continuo con intenciones desconocidas, difícil de juzgar por medios violentos y que pone en grave peligro la seguridad personal. En primer lugar, debe distinguirse el concepto de “delito de lesiones” de “otros delitos que pongan en grave peligro la seguridad de las personas” de manera que la existencia de “delito de lesiones” se ajuste a la relación lógica interna del derecho; en segundo lugar, el “homicidio”; da "violencia grave con intención desconocida" El concepto es consistente con la comprensión que la gente tiene de "matar" finalmente, la teoría de la intención poco clara resuelve el problema de por qué la ley estipula específicamente la palabra "golpear", que es más razonable que otras teorías;

Materiales de referencia:

Documento de reforma del derecho penal “Análisis del significado del “delito de lesión” en el derecho penal”