La naturaleza de las infracciones administrativas
Los actos ilícitos se pueden dividir en infracciones penales, infracciones civiles e infracciones administrativas según su naturaleza. Entre ellos, los comportamientos que ponen en peligro a la sociedad, violan las leyes penales y deben ser castigados son comportamientos delictivos. La nocividad social del comportamiento es la característica más esencial del delito. La ilegalidad y la punibilidad de un acto están determinadas por su daño social, y ambas son inseparables.
Las infracciones administrativas son conductas ilegales de los sujetos administrativos.
Las infracciones administrativas son conductas ilícitas de los sujetos administrativos, que se diferencian de las infracciones civiles y de las infracciones penales. Las infracciones administrativas son conductas ilegales de los sujetos administrativos en el derecho administrativo. Sólo cuando cualquier organización o individuo aparece en la identidad o nombre de un sujeto de derecho administrativo su comportamiento ilegal puede constituir una infracción administrativa.
Las infracciones administrativas son conductas que vulneran normas jurídicas administrativas y no constituyen delito. En primer lugar, las violaciones administrativas son ilegales, violan las leyes y reglamentos administrativos e infringen las relaciones administrativas protegidas por el derecho administrativo, por lo que tienen cierto daño social; en segundo lugar, las violaciones administrativas son generalmente de naturaleza ilegal y su daño social es pequeño y tiene; aún no ha alcanzado el nivel de grado de delincuencia.