Interpretación Judicial del Arrendamiento Financiero
Base jurídica: Artículo 15 de la “Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre las Cuestiones Jurídicas Aplicables en el Juicio de Controversias sobre Contratos de Arrendamiento Financiero”. Esta interpretación entrará en vigor el 65 de marzo de 2004. Al mismo tiempo se abolieron los "Reglamentos del Tribunal Popular Supremo sobre diversas cuestiones relativas al juicio de casos de controversias sobre contratos de arrendamiento financiero" (Fafafa [1996] Nº 19). Esta Interpretación se aplicará a las disputas sobre contratos de arrendamiento financiero que aún no hayan sido finalizados después de la implementación de esta Interpretación en los casos en que se haya emitido una sentencia definitiva antes de la implementación de esta Interpretación y las partes soliciten un nuevo juicio o decidan hacerlo de conformidad; con los procedimientos de supervisión de juicios, esta Interpretación no se aplicará.