Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Qué sanciones administrativas ha recibido si su comportamiento ilegal es menor y se corrige de manera oportuna sin causar consecuencias perjudiciales?

¿Qué sanciones administrativas ha recibido si su comportamiento ilegal es menor y se corrige de manera oportuna sin causar consecuencias perjudiciales?

Análisis jurídico: Se deben cumplir tres condiciones simultáneamente para la no sanción: la conducta es menor, la corrección es oportuna y no hay consecuencias perjudiciales. Comportamiento menor. El comportamiento menor es un requisito previo para no ser castigado. Lo que es menor debe definirse generalmente en el siguiente ámbito: el acto ilícito es único, no hay intención subjetiva y no involucra ningún elemento; La corrección oportuna es la corrección proactiva realizada por el perpetrador cuando descubre que su comportamiento es ilegal, en lugar de la corrección realizada por los agentes del orden después de descubrirlo. Esto es más fácil de distinguir del sujeto del descubrimiento y del nodo de tiempo. Sin consecuencias nocivas, sin consecuencias nocivas, es decir, sin pérdidas de propiedad ni víctimas para el país, los colectivos y los individuos.

Base jurídica: “Ley Sancionadora Administrativa de la República Popular China”.

Artículo 32 Si una parte tiene alguna de las siguientes circunstancias, se le impondrá una sanción administrativa más leve o reducida: (1) Tomar la iniciativa para eliminar o reducir las consecuencias perjudiciales de actos ilegales; Ser coaccionado o engañado por otros para cometer un delito Aquellos que cometen actos ilegales (3) Tomar la iniciativa de confesar actos ilegales que aún no han sido captados por las agencias administrativas (4) Cooperar con las agencias administrativas en la investigación y el manejo de actos ilegales; tener un servicio meritorio (5) Otras leyes, reglamentos y normas estipulan que las sanciones administrativas deben ser más leves o reducidas.

Artículo 33 Si la infracción es leve y se corrige oportunamente sin causar consecuencias perjudiciales, no se impondrá ninguna sanción administrativa. Si la infracción se comete por primera vez y las consecuencias perjudiciales son menores y se corrigen oportunamente, no se podrán imponer sanciones administrativas. Si el interesado tuviere pruebas suficientes que demuestren que no tiene culpa subjetiva, no estará sujeto a sanción administrativa. Si las leyes y reglamentos administrativos dispusieran lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Si el comportamiento ilegal de una de las partes no está sujeto a sanción administrativa de conformidad con la ley, la agencia administrativa deberá educar a la parte.