Me gustaría preguntarle al jefe que ha trabajado en la fábrica durante más de diez años. ¿Existe alguna ley o reglamento para deshacerse de él?
1. Artículo 40 de la “Ley del Trabajo” En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo previa notificación por escrito al empleado con 30 días de anticipación o pagando al empleado un mes adicional de salario. :
1. El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo y, después de la expiración del período médico prescrito, no puede desempeñar el trabajo original o el trabajo contratado por separado por el empleador; p>
2. El empleado no está calificado para el trabajo y aún no está calificado para el trabajo después de la capacitación o ajuste del puesto de trabajo
3 Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo; han sufrido cambios importantes, lo que resulta en el incumplimiento del contrato de trabajo. La unidad y el empleado no logran llegar a un acuerdo sobre el cambio del contenido del contrato de trabajo a través de la negociación. (El jefe puede aprovechar esto)
2. Artículo 46 de la “Ley de Contrato de Trabajo” Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador: (1) Se da una de las siguientes circunstancias;
(1) El trabajador deberá cumplir con las siguientes circunstancias: el artículo 38 de esta Ley prevé la terminación del contrato de trabajo;
(2) El empleador propone rescindir el contrato de trabajo con el trabajador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de esta Ley, y negocia con el empleado la rescisión del contrato de trabajo El contrato de trabajo;
(3) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de esta Ley;
(4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con el artículo 41 de esta Ley; el párrafo 1 prevé la terminación de un contrato de trabajo;
(5) A menos que el empleador mantenga o renueve el contrato de trabajo. mejorando las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, y el trabajador no está de acuerdo con la renovación, el contrato de trabajo se rescindirá de conformidad con el artículo 40 de esta Ley. El primer párrafo del artículo 4 prevé la terminación por duración determinada. contrato de trabajo;
(6) La terminación de un contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, numerales 4 y 5 de esta Ley;
(7) Las demás situaciones previstas en leyes y reglamentos administrativos.
3. Normas de Cálculo de la Compensación Económica
Artículo 47 Cálculo de la Compensación Económica La compensación económica se pagará de acuerdo con un mes de salario por cada año completo de trabajo en la unidad. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.
Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el municipio o el gobierno popular del distrito de la ciudad donde se encuentra el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será el salario medio mensual del trabajador, y el plazo máximo para pagar la compensación económica a los trabajadores no excederá de 12 años.
El salario mensual mencionado en este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo.