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¿Cómo apelan y acusan los defensores?

Análisis jurídico: Si un defensor cree que los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares, los tribunales populares y su personal le impiden ejercer sus derechos de litigación de conformidad con la ley, puede presentar una denuncia o denuncia ante la Fiscalía Popular del mismo nivel. o el nivel inmediatamente superior. La Fiscalía Popular que reciba la denuncia o denuncia deberá realizar una revisión de la denuncia con prontitud. Durante el proceso de revisión, la Fiscalía Popular puede conocer la situación a través de agencias e individuos relevantes y realizar una verificación. Después de una revisión, la Fiscalía Popular considera que las quejas o acusaciones hechas por los defensores y agentes ad litem son ciertas; si los órganos de seguridad pública pertinentes, las Fiscalías Populares, los Tribunales Populares y su personal han efectivamente obstruido a los defensores y agentes ad litem en el ejercicio de sus derechos de litigación. De conformidad con la ley, deberán notificar a los organismos correspondientes para que realicen las correcciones.

Base jurídica: "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China"

Artículo 11 La audiencia de los casos por los tribunales populares se llevará a cabo en público, salvo disposición en contrario en esta ley. El acusado tiene derecho a obtener una defensa y el Tribunal Popular tiene la obligación de garantizar que el acusado obtenga una defensa.

Artículo 14 Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública garantizarán el derecho a la defensa y otros derechos procesales de los que disfrutan los sospechosos de delitos, los acusados ​​y otros participantes en el litigio de conformidad con la ley.

Artículo 32: Además de ejercer su derecho a la defensa, los sospechosos e imputados de un delito también podrán confiar en una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos. No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal conforme a la ley.

Artículo 33: El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el organismo de investigación. Durante la investigación, sólo se puede confiar la defensa a abogados. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.

Al interrogar a un sospechoso de un delito o tomar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si los sospechosos o acusados ​​de un delito solicitan que se les encomiende un defensor mientras se encuentran bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública transmitirán sin demora la solicitud.

Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor.

Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que maneja el caso.