¿Qué hacer si no tienes un abogado en el litigio?
Subjetividad jurídica:
Ningún abogado puede acudir a los tribunales a demandar. El derecho a demandar es un derecho litigante de las partes, y confiar un abogado no es un requisito necesario para el procesamiento. La ley estipula que siempre que el demandante sea un ciudadano, una persona jurídica u otra organización que tenga un interés directo en el caso, hay un demandado claro, existen reclamaciones, hechos y motivos del litigio específicos; el Tribunal Popular acepta litigios civiles y la jurisdicción del Tribunal Popular sujeto a la demanda, incluso si las partes no contratan a un abogado, aún pueden presentar una demanda ante el tribunal de conformidad con la ley. Objetividad jurídica:
“Normas Procesales Penales de la Fiscalía Popular (Juicio)” Artículo 593: Las partes, sus representantes legales y familiares cercanos consideran que las sentencias y resoluciones penales del Tribunal Popular que han adquirido fuerza legal son de hecho, si se comete un error y se presenta una denuncia ante la Fiscalía Popular, el departamento de denuncia penal de la Fiscalía Popular al mismo nivel que el Tribunal Popular que dictó la sentencia o fallo efectivo manejará el caso de conformidad con la ley. Si las partes, sus representantes legales y familiares cercanos apelan directamente a la Fiscalía Popular de nivel superior, la Fiscalía Popular de nivel superior podrá remitirlo a la Fiscalía Popular del mismo nivel del Tribunal Popular que dictó la sentencia efectiva o dictamen de aceptación, si el caso es grave, difícil o complejo, la Fiscalía Popular de nivel superior podrá aceptar directamente. Si las partes, sus representantes legales y familiares cercanos interponen un recurso de apelación contra una sentencia o fallo jurídicamente válido del Tribunal Popular, y si la Fiscalía Popular continúa interponiendo un recurso después de que una revisión de la Fiscalía Popular decide no protestar, la Fiscalía Popular La Fiscalía del nivel inmediatamente superior admitirá el recurso. Las apelaciones contra las sentencias firmes del Tribunal Popular sobre la pena de muerte o las sentencias que aún no se hayan ejecutado serán tramitadas por el departamento de fiscalía de la prisión.