¿Puede el abogado de la víctima leer el periódico?
Base jurídica: "Reglas de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular"
Artículo 55 La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del expediente transferidos para su procesamiento, notificar a la víctima y El representante legal o pariente cercano, las partes en el litigio civil incidental y sus representantes legales tienen derecho a encomendar un agente ad litem. Si la víctima, su representante legal o familiares cercanos no cuentan con un agente litigante debido a dificultades financieras, se les debe informar que pueden solicitar asistencia jurídica gratuita. Si la notificación se hace verbalmente en persona, se hará constar en la transcripción y firmará la persona notificada; si la notificación se hace por teléfono, se hará constar si la notificación se hace por escrito, se hará constar en el recibo de la notificación; incluido en el expediente. Si el número de víctimas es grande o incierto y es imposible notificarlas una por una mediante los métodos anteriores, se podrá informar mediante anuncios. Si es imposible informar, se debe registrar. Si la víctima tiene representante legal, se informará a su representante legal; si no lo tiene, se notificará a sus familiares cercanos. Si existieran dos o más representantes legales o parientes cercanos, podrá notificarse a uno de ellos. Las notificaciones se harán en el orden previsto en los apartados 3 y 6 del artículo 108 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Si las partes y sus representantes legales o familiares cercanos encomiendan un agente ad litem, se estará a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Procedimiento Penal y demás disposiciones legales.
Artículo 56 Si un agente litigante obtiene permiso de la Fiscalía Popular para acceder, extraer o copiar expedientes, el asunto se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de este Reglamento. Si un abogado actúa como agente litigante y necesita acudir a la Fiscalía Popular para recabar y obtener pruebas, se remitirá a lo dispuesto en el artículo 52 de este Reglamento.