Las normas jurídicas administrativas son reglas de conducta que estipulan lo que hacen los organismos administrativos.
En primer lugar, la mayoría de las normas jurídicas administrativas son formuladas y promulgadas por organismos administrativos nacionales, y sólo unas pocas son formuladas por organismos del poder estatal. Los organismos administrativos sólo pueden formular y dictar reglamentos administrativos de conformidad con la Constitución y las leyes y dentro del ámbito de sus competencias.
En segundo lugar, las normas jurídicas administrativas se formulan y promulgan principalmente para implementar la constitución y las leyes, realizar funciones administrativas y lograr objetivos administrativos. Es una actividad legal administrativa en la que las agencias administrativas nacionales aplican principios y regulaciones legales en las actividades de gestión organizacional para resolver problemas comunes en la práctica.
En tercer lugar, las normas jurídicas administrativas son documentos normativos formulados y emitidos de conformidad con la ley, son universalmente vinculantes y obligatorios, y su implementación está garantizada por la fuerza coercitiva del Estado.
Base jurídica: “Reglamento para el Procedimiento para la Formulación de Reglamentos Administrativos”
Artículo 2 Se regirán por el establecimiento, redacción, revisión, toma de decisiones, promulgación e interpretación de los reglamentos administrativos por este Reglamento.
Artículo 3 La formulación de reglamentos administrativos deberá implementar la línea, los principios, las políticas y los acuerdos de toma de decisiones del Partido, cumplir con las disposiciones de la Constitución y las leyes y seguir los principios legislativos establecidos por la Ley Legislativa.
Artículo 4 La formulación de reglamentos administrativos que apoyen los asuntos políticos y jurídicos se informará oportunamente al Comité Central del Partido de conformidad con los reglamentos.
Formular reglamentos administrativos importantes que ajusten los principales sistemas y políticas importantes en los aspectos económico, cultural, social, ecológico y de civilización y otros aspectos se informarán al Comité Central del Partido. de manera oportuna de acuerdo con las regulaciones pertinentes.
Artículo 5 Las denominaciones de los reglamentos administrativos se denominan generalmente "disposiciones", pero también pueden denominarse "reglamentos" y "medidas". Los reglamentos administrativos formulados por el Consejo de Estado de conformidad con la autorización del Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente se denominan "reglamentos provisionales" o "reglamentos provisionales".