Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Se pueden registrar marcas similares en general?

¿Se pueden registrar marcas similares en general?

Análisis jurídico: No. En términos generales, si una marca recién diseñada es similar a una marca registrada, puede causar malentendidos entre los consumidores. Si es similar a una marca notoriamente conocida, es probable que el propietario de la marca notoriamente conocida la demande. Por lo tanto, antes de solicitar una marca, la mayoría de las personas emitirán un juicio aproximado sobre la marca que diseñaron. Sin embargo, no se descubrió ninguna similitud antes de solicitar una marca registrada, y no fue hasta la solicitud que se descubrió que la marca era similar a otras marcas registradas. De hecho, una vez que se descubre que las marcas comerciales son similares y las dos marcas entran en conflicto, es fácil que se produzcan malentendidos. Incluso si se ha presentado una solicitud, la Oficina de Marcas generalmente no aprobará la revisión. Si la oficina de marcas falla, habrá que cambiar el diseño. Si es una marca notoriamente conocida y existen marcas similares, no se puede registrar porque las marcas notoriamente conocidas están protegidas en todas las categorías. Pero esto suele suceder y al titular de los derechos le gusta mucho la marca. Aún así, puede presentar la solicitud primero y todo se enviará a la Oficina de Marcas para su prueba.

Base jurídica: “Ley de Marcas de la República Popular China”.

Artículo 15 Si un agente o representante registra la marca del mandante o mandante a su propio nombre sin autorización, y si el mandante o mandante se opone, no se concederá el registro y se prohibirá su uso.

Una marca registrada solicitada para productos iguales o similares es idéntica o similar a una marca no registrada previamente utilizada por otros, y el solicitante tiene un contrato, relación comercial u otra relación con otros distintos de los especificados en el párrafo anterior, a sabiendas de que si existe una marca ajena y otro formula objeción, no se registrará.

Artículo 30 Si la marca solicitada para el registro no cumple con las disposiciones pertinentes de esta Ley o es idéntica o similar a una marca que haya sido registrada o aprobada preliminarmente por otros sobre los mismos o similares productos, el La Oficina de Marcas rechazará la solicitud y no la anunciará.

Artículo 31 Si dos o más solicitantes de registro de marca solicitan el registro de marcas idénticas o similares sobre productos iguales o similares, se realizará un examen preliminar sobre la marca solicitada anteriormente y anunciada; presentada el mismo día, se realizará un examen preliminar sobre la marca anterior y se anunciará que las solicitudes de otras personas serán rechazadas sin previo aviso.