Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿La orientación administrativa no tiene consecuencias legales? ¿Debe compensarse el daño causado a la otra parte? ¿Existe alguna base legal relevante?

¿La orientación administrativa no tiene consecuencias legales? ¿Debe compensarse el daño causado a la otra parte? ¿Existe alguna base legal relevante?

Aunque la conducta de orientación administrativa no es obligatoria por parte del Estado, y la contraparte administrativa decide voluntariamente aceptarla o no, si la conducta de orientación administrativa en sí es ilegal, viola las políticas o es inapropiada, la contraparte administrativa no identifica ni juzga. esto al recibir orientación, y por lo tanto la acepta, si la orientación tiene consecuencias perjudiciales, la responsabilidad recaerá en el guía (incluida la responsabilidad de compensación, en este caso, ¡puede solicitar una compensación estatal);

Además, si la orientación administrativa viola el principio de voluntariedad, ya no se define como orientación administrativa, porque es obligatoria y se convierte en un acto administrativo. En este caso se podrá iniciar un procedimiento administrativo.

(¡Opinión personal, solo como referencia!)