Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿El familiar inmediato del policía debe abstenerse de cometer un delito y no puede participar en el arresto? Por ejemplo, si mi hermano comete un asesinato, tengo que evitarlo si voy a atraparlo.

¿El familiar inmediato del policía debe abstenerse de cometer un delito y no puede participar en el arresto? Por ejemplo, si mi hermano comete un asesinato, tengo que evitarlo si voy a atraparlo.

Si un familiar directo de la policía comete un delito, debe ser recusado y no puede participar en el arresto.

Los familiares directos del responsable del organismo de seguridad y los investigadores criminalistas solicitarán la recusación de oficio. Quienes no soliciten por sí solos la recusación, serán ordenados a recusarse, teniendo también las partes y sus representantes legales el derecho de solicitar que se recusen.

Si los delincuentes tienen pruebas para probar los hechos del delito, y los sospechosos o acusados ​​pueden ser condenados a una pena de prisión de duración determinada o más, la fianza en espera de juicio no es suficiente para prevenir los siguientes peligros sociales: tales como poner en peligro la seguridad nacional. Si existe un peligro real para la seguridad pública o el orden social, y existe la posibilidad de destruir o fabricar pruebas, interferir con el testimonio de los testigos o confabularse con confesiones, será arrestado.

El artículo 79 de la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China" para los sospechosos y acusados ​​de delitos que tengan pruebas para probar los hechos del delito y puedan ser condenados a pena de prisión de duración determinada o más, tomando La libertad bajo fianza en espera de juicio no es suficiente para evitar lo siguiente: Aquellos que sean peligrosos para la sociedad serán arrestados:

(a) Pueden cometer nuevos delitos;

(2) Hay un peligro real de poner en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública o el orden social;

(3) Puede destruir o falsificar pruebas, interferir con el testimonio de los testigos o confabularse con confesiones;

(4). ) Podrá realizarse contra víctimas, informantes y acusadores;

(5) Intento de suicidio o fuga.

Si existen pruebas que acrediten el hecho de un delito, podrá ser condenado a pena privativa de libertad superior a diez años; Los sospechosos de delitos o acusados ​​que son puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio o bajo vigilancia domiciliaria violan las normas sobre la libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia domiciliaria, y las circunstancias son graves. Puede ser arrestado. Artículo 80 Los órganos de seguridad pública podrán detener a los delincuentes actuales o a los principales sospechosos en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Quienes se dispongan a cometer un delito, cometan un delito o sean descubiertos inmediatamente después de cometer un delito;

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(2) La víctima o los testigos en el lugar lo identificaron como el criminal;

(3) Se encontraron pruebas del delito a su alrededor o en su residencia;

(4) Intento de suicidio, fuga o fuga después de cometer un delito;

(5) Puede destruir o falsificar pruebas o confabularse con otros;

(6) No diga el nombre ni la dirección reales, y se desconoce la identidad;

(7) Existe una sospecha grave de cometer delitos mientras se da a la fuga, cometer delitos varias veces o cometer delitos en grupo.

Si el implicado no lo sabía en ese momento, la policía no se presentó y no había señales de advertencia, el interesado no es responsable.