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¿Cuánto tiempo después de la renuncia puedo reclamar el pago de la seguridad social?

Puede reclamar el pago de la seguridad social dentro del año siguiente a su renuncia. Según la ley, el plazo para solicitar el arbitraje laboral es de un año, por lo que no se puede solicitar el arbitraje laboral y pagar el seguro social después de un año de la renuncia. El empleado puede presentar una demanda civil para exigir el pago. El tribunal no tomará la iniciativa de aplicar el plazo de prescripción. Sin embargo, debido a que el plazo de prescripción ha expirado, el empleador tiene derecho a defenderse. Al dimitir, el empleador podrá exigir el pago atrasado de las primas del seguro social, y deberá pagarlas puntualmente. Si el empleador no paga dentro del plazo, la agencia de recaudación de primas del seguro social le ordenará que pague dentro de un plazo o recupere el importe. Si las primas del seguro social no se pagan o se compensan los pagos atrasados, los departamentos administrativos pertinentes a nivel de condado o superior solicitarán la asignación de las primas del seguro social.

La unidad debe proporcionar los expedientes de los empleados, el formulario de declaración de pago del seguro social, el contrato de trabajo original firmado por el empleador y la hoja de salario original del empleado durante el período de trabajo en la unidad; copia con el sello oficial y otros materiales. Durante este período, los empleados deberán devolver los comprobantes contables originales de la unidad. La unidad debe gestionar el registro del seguro social con su licencia comercial, certificado de registro o sello de unidad dentro de los 30 días siguientes a la fecha de establecimiento.

Base jurídica: Artículo 27 de la “Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales de la República Popular China”.

El plazo de prescripción para solicitar el arbitraje de conflictos laborales es de un año. El plazo de prescripción del arbitraje se computa a partir de la fecha en que las partes supieron o debieron haber sabido que sus derechos habían sido vulnerados.

El plazo de prescripción del arbitraje previsto en el párrafo anterior se interrumpirá porque una parte haga valer los derechos de la otra parte, o solicite a los departamentos pertinentes el alivio de sus derechos, o la otra parte se comprometa a cumplir con sus obligaciones. El plazo de prescripción del arbitraje se vuelve a calcular a partir del momento de la interrupción.

Si una parte no puede solicitar el arbitraje dentro del plazo especificado en el párrafo 1 de este artículo debido a fuerza mayor u otras razones legítimas, se suspenderá el plazo de arbitraje. El plazo de prescripción del arbitraje seguirá computándose a partir de la fecha en que se elimine el motivo de suspensión del plazo de prescripción.

Si surge un conflicto por atrasos en las remuneraciones laborales durante la existencia de la relación laboral, la solicitud de arbitraje del empleado no estará restringida por el plazo de prescripción del arbitraje estipulado en el párrafo 1 de este artículo; si la relación laboral se extingue, la relación laboral se extinguirá a partir de la fecha de terminación de la relación laboral presentada dentro de un año.