Este artículo analiza la identificación de infracciones de derechos de patente de invención y modelo de utilidad.
(1) Comparación de sentencias de infracción
1. Al juzgar la infracción, todas las características técnicas necesarias de la solución técnica registradas en las reclamaciones deben compararse con el objeto de la presunta infracción ( producto o Método) Todas las características técnicas se comparan una por una.
2. La determinación de infracción generalmente no compara directamente la infracción de productos patentados y la infracción de artículos infractores. Se pueden utilizar productos patentados para ayudar a comprender las características y soluciones técnicas relevantes.
3. Cuando tanto el demandante como el demandado poseen derechos de patente, generalmente es imposible comparar la infracción con los productos patentados de ambas partes o las reclamaciones de patentes de ambas partes.
4. Al comparar las determinaciones de infracción de patentes de invención de productos o modelos de utilidad, generalmente no se considera si el objeto infractor y la tecnología patentada están en el mismo campo de aplicación.
(2) Aplicación del principio de cobertura universal
1. Cobertura total significa que el infractor acusado (producto o método) reproduce todas las soluciones técnicas registradas en las reivindicaciones de la patente. Las características técnicas del presunto infractor (producto o método) corresponden y son idénticas a todas las características técnicas necesarias registradas en las reivindicaciones independientes de la patente.
2. El principio de cobertura universal es el principio de cobertura de todas las características técnicas o el principio de infracción literal. Es decir, si las características técnicas del objeto de la supuesta infracción (producto o método) incluyen todas las características técnicas necesarias registradas en las reivindicaciones, entran dentro del alcance de la protección de patente.
3. Cuando las características técnicas necesarias registradas en las reivindicaciones independientes de la patente adoptan características conceptuales de nivel superior y el infractor acusado (producto o método) adopta las características conceptuales de nivel inferior correspondientes, el infractor acusado ( producto o método) caen dentro del alcance de la protección de patente.
4. Si el objeto de la supuesta infracción (producto o método) añade nuevas características técnicas basándose en el uso de todas las características técnicas necesarias en la reivindicación, todavía está dentro del alcance de la protección de la patente. En este momento no se considera si el efecto técnico del objeto de la presunta infracción (producto o método) es el mismo que el de la tecnología patentada.
5. El objeto de la presunta infracción (producto o método) es una solución técnica mejorada a la tecnología patentada anterior. Si se obtiene el derecho de patente, se trata de una patente subordinada. Sin el permiso del titular de la patente anterior, la implementación de una patente dependiente también cubre el alcance de la protección de la patente anterior.
(3) Aplicación del principio de equivalencias
1. Al determinar la infracción de patente, cuando se aplica el principio de aplicación general para determinar que el objeto (producto o método) imputado la infracción no constituye infracción de patente. Debe aplicarse el principio de equivalentes para determinar la infracción.
2. El principio de equivalencias significa que el presunto infractor (producto o método) tiene una o más características técnicas comparadas con las características técnicas protegidas por las reivindicaciones independientes de la patente, literalmente, pero tras un análisis, se puede concluir que tienen las mismas características técnicas. En este caso, el objeto de la supuesta infracción (producto o método) debe considerarse dentro del alcance de la protección de la patente.
3. El alcance de la protección de los derechos de patente también incluye el alcance determinado por las características técnicas equivalentes a las características técnicas necesarias en las reivindicaciones independientes de la patente.
4. Las características equivalentes también se denominan equivalencia. Las características técnicas del objeto (producto o método) supuestamente infractor que cumplan al mismo tiempo las dos condiciones siguientes son equivalentes a las características técnicas correspondientes en las reivindicaciones:
(1) Equivalen a las correspondientes características técnicas en las reivindicaciones Comparativamente, las características técnicas en el acto de infracción alegada tienen básicamente las mismas funciones y producen básicamente los mismos efectos básicamente por los mismos medios;
(2) Una persona con habilidades ordinarias en la materia. campo al que pertenece esta patente se pueden leer las reivindicaciones Características técnicas que se pueden asociar con libros e instrucciones sin esfuerzo creativo.
5. La equivalencia debe ser la sustitución mutua entre características técnicas específicas, en lugar de la sustitución mutua entre soluciones técnicas completas.
6. La sustitución equivalente incluye la sustitución de las características técnicas distintivas en las reivindicaciones, e incluye también la sustitución de las características técnicas en el preámbulo de las reivindicaciones.
7. Si las características técnicas del objeto (producto o método) supuestamente infractor son equivalentes a las características técnicas de la reclamación independiente se basará en el momento en que ocurrió la infracción.
8. La aplicación del principio de equivalencias para determinar la infracción sólo se aplica a si las características técnicas específicas del infractor acusado (producto o método) son equivalentes a las características técnicas necesarias correspondientes en las reivindicaciones independientes del mismo. patente, y no se aplica al acusado si la solución técnica general del presunto infractor (producto o método) es equivalente a la solución técnica definida en la reivindicación independiente.
9. La determinación de una infracción equivalente debe basarse en el nivel de conocimiento profesional de los técnicos ordinarios en el campo al que pertenece la patente, en lugar del nivel de conocimiento profesional de los expertos técnicos superiores en el campo.
10. Al determinar la infracción equivalente, el alcance de la protección equivalente para las patentes de invenciones importantes innovadoras puede flexibilizarse adecuadamente; el alcance de la protección equivalente para las invenciones combinadas o las invenciones selectivas puede ser apropiadamente estricto.
11. Si se omiten deliberadamente características técnicas individuales necesarias en la reivindicación, la solución técnica se convierte en una solución técnica degradada que no es mejor que la solución técnica patentada en términos de rendimiento y efecto, y la solución técnica degradada. La solución es obvia. Si se debe a la omisión de características técnicas necesarias, se aplicará el principio de equivalencias y se determinará que constituye infracción de patente.
12. Al determinar la infracción de una patente, no se debe aplicar el principio de equivalentes para determinar que el objeto (producto o método) acusado de infracción se encuentra dentro del alcance de la protección de la patente:
(1) La supuesta infracción La solución técnica pertenece a la tecnología conocida antes de la fecha de presentación;
(2) La solución técnica acusada de infracción pertenece a una solicitud de conflicto o una solicitud de patente anterior;
(3) El objeto de la supuesta infracción Las características técnicas son contenidos técnicos que el titular de la patente ha excluido explícitamente de la protección de la patente durante el proceso de solicitud de patente, revisión de la autorización y mantenimiento de los derechos de patente.
Base Legal
Ley de Patentes de la República Popular China
Artículo 19: Cualquier unidad o individuo solicita a un país extranjero una patente para una invención o modelo de utilidad completado en China se debe presentar una revisión de confidencialidad al departamento de administración de patentes del Consejo de Estado con anticipación. Los procedimientos y plazos para la revisión de la confidencialidad se implementarán de acuerdo con las normas del Consejo de Estado.
Las entidades o individuos chinos pueden presentar solicitudes internacionales de patentes de conformidad con los tratados internacionales pertinentes en los que la República Popular China es parte. Cuando un solicitante presente una solicitud internacional de patente, deberá cumplir con lo dispuesto en el párrafo anterior.
El departamento de administración de patentes del Consejo de Estado maneja las solicitudes internacionales de patentes de conformidad con los tratados internacionales pertinentes de los que la República Popular China es parte, esta Ley y los reglamentos pertinentes del Consejo de Estado.
Si una invención o modelo de utilidad que viole las disposiciones del párrafo 1 de este artículo se patenta en un país extranjero, el derecho de patente no se otorgará en China.