Capítulo 2 Reglamento de Gestión de Registro para Importadores y Exportadores de Alimentos Importados Capítulo 2 Registro para Exportadores o Agentes
Artículo 5 El exportador o agente deberá completar y enviar el “Formulario de Solicitud de Registro” (Anexo 1) a través del sistema de gestión de registro, proporcionando el nombre del exportador o agente, país o región, dirección y persona de contacto. Nombre, número de teléfono, tipo de alimento manipulado, nombre y número de teléfono de la persona que llena el formulario, etc., y prometemos que la información proporcionada es verdadera y válida. Los exportadores o agentes deben asegurarse de que se pueda contactar al personal relevante a través de la información registrada en caso de emergencia.
Después de que el exportador o agente envía la información de presentación, obtenga el número de presentación y el número de consulta generados por el sistema de gestión de presentación, y luego consulte el proceso de presentación o modifique la información de presentación según el número de presentación y el número de consulta. .
Artículo 6: Cuando cambie la dirección o número de teléfono del exportador o agente, deberá modificarse oportunamente a través del sistema de gestión de archivos. El sistema de gestión de archivos guarda la información enviada por los exportadores o agentes y las modificaciones a la información. Cuando cambie el nombre del exportador o agente, se deberá realizar una nueva solicitud de presentación.
Artículo 7 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena registrará a los exportadores o agentes que proporcionen información completa de registro. El sistema de gestión de registros genera una lista de exportadores o agentes registrados y la publica en el sitio web de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena. La información de la lista publicada incluye: el nombre del exportador o agente registrado y el país o región donde se encuentra.