Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Sobre las causas de los cambios en los tipos de historia jurídica.

Sobre las causas de los cambios en los tipos de historia jurídica.

Respuesta: Los cambios en el tipo histórico de derecho, es decir, la sustitución de un tipo de derecho por otro tipo histórico, no pueden explicarse desde el propio sistema jurídico. La razón fundamental de sus cambios radica en las contradicciones básicas de la sociedad, es decir, los movimientos contradictorios entre las relaciones de producción y la productividad, la base económica y la superestructura, que provocan cambios en toda la superestructura, incluido el sistema legal. La manera de cambiar el tipo de historia jurídica es la revolución social, es decir, la clase que representa las fuerzas productivas avanzadas derroca a la clase que representa las fuerzas productivas atrasadas.

Ya sean cambios en el tipo histórico de derecho o cambios dentro del mismo tipo histórico, la causa última de los cambios jurídicos radica en la contradicción básica entre sociedad y derecho de que el sistema jurídico debe adaptarse a las exigencias del derecho. la situación económica general de la sociedad. Sin embargo, el desarrollo de los sistemas jurídicos está influenciado por la relación entre varios factores internos. En circunstancias normales, todos los factores del sistema jurídico, las normas jurídicas, la práctica jurídica y la conciencia jurídica dominante se adaptan entre sí, formando un sistema inherentemente armonioso. Sin embargo, cuando la situación socioeconómica cambia, a menudo afecta primero la conciencia jurídica de las personas, lo que hace que la conciencia jurídica entre en conflicto con otros componentes del sistema legal. Para ajustar esta contradicción, la clase dominante a veces no modifica o cambia directamente las reglas legales, sino que logra el propósito del ajuste a través de la interpretación y analogía legal, haciendo así que la práctica legal sea contradictoria con las reglas legales. La transformación del tipo histórico de derecho sólo puede lograrse cuando todos los factores del sistema jurídico no pueden satisfacer los requisitos de las condiciones socioeconómicas, por muy coordinados que estén.