Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - Las agencias administrativas, dentro del alcance de sus facultades estatutarias y de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y normas, podrán encomendar a otras organizaciones calificadas la implementación de licencias administrativas.

Las agencias administrativas, dentro del alcance de sus facultades estatutarias y de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos y normas, podrán encomendar a otras organizaciones calificadas la implementación de licencias administrativas.

De conformidad con las disposiciones de la Ley de Licencias Administrativas, los organismos administrativos pueden encomendar a otros organismos administrativos la ejecución de las licencias administrativas dentro del ámbito de sus competencias legales. Tenga en cuenta que las licencias administrativas sólo pueden confiarse a otras agencias administrativas para su implementación. En las sanciones administrativas se pueden encomendar a otros organismos que gestionan los asuntos públicos.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Licencias Administrativas, los organismos administrativos pueden encomendar a otros organismos administrativos la implementación de licencias administrativas dentro del ámbito de sus competencias legales. Las licencias administrativas sólo pueden confiarse a otros organismos administrativos, y las sanciones administrativas pueden confiarse a otras instituciones que gestionan los asuntos públicos.

Lectura ampliada:

El Capítulo 3 de la "Ley de Licencias Administrativas" estipula las agencias de implementación de licencias administrativas de la siguiente manera.

Implementadores de licencias administrativas:

Artículo 22 Las licencias administrativas serán implementadas por agencias administrativas con facultades para otorgar licencias administrativas dentro del alcance de sus competencias legales.

Implementación de organizaciones autorizadas:

Artículo 23: Las organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos para gestionar asuntos públicos deberán implementar licencias administrativas en su propio nombre dentro del alcance de la autorización legal. Las disposiciones de esta Ley relativas a las agencias administrativas se aplicarán a las organizaciones autorizadas.

Disposiciones pertinentes sobre la ejecución encomendada:

Artículo 24: En el ámbito de sus competencias estatutarias y de conformidad con lo dispuesto en las leyes, reglamentos y normas, los órganos administrativos podrán encomendar a otros órganos administrativos para realizar tareas administrativas. La agencia encargada publicará el contenido de la agencia administrativa encargada y la licencia administrativa encargada.

La agencia administrativa encargada es responsable de supervisar la implementación de las licencias administrativas por parte de la agencia administrativa encargada y asumirá la responsabilidad legal por las consecuencias de tal comportamiento.

La agencia administrativa encargada implementará licencias administrativas en nombre de la agencia administrativa encargada dentro del alcance de la encomienda; no confiará a otras organizaciones o individuos para implementar licencias administrativas.

El capítulo 3 de la "Ley de sanciones administrativas" estipula las siguientes disposiciones sobre los organismos de ejecución de sanciones administrativas.

Sujeto de la sanción:

Artículo 15 Las sanciones administrativas serán ejecutadas por los órganos administrativos con facultad para imponer sanciones administrativas en el ámbito de sus competencias estatutarias.

El sujeto autorizado de la facultad de sancionar:

Artículo 16 El Consejo de Estado o el gobierno popular de una provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central autorizado por el Estado El Consejo puede decidir que un organismo administrativo ejerza la facultad de sanción administrativa del organismo administrativo pertinente, pero la facultad de sanción administrativa para restringir la libertad personal sólo puede ser ejercida por los órganos de seguridad pública.

Autoridad sancionadora de los organismos autorizados:

Artículo 17 Las organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos con la función de gestionar los asuntos públicos podrán implementar sanciones administrativas dentro del ámbito de la autorización legal.

Procedimientos para que los organismos encomendados apliquen sanciones:

Artículo 18: Los órganos administrativos, de conformidad con lo establecido en las leyes, reglamentos o normas, podrán, dentro de sus competencias legales, encomendar a los organismos que cumplir con el artículo 19 de esta Ley. Se impondrán sanciones administrativas a las organizaciones que cumplan las condiciones especificadas en el artículo. Las agencias administrativas no pueden confiar a otras organizaciones o individuos la implementación de sanciones administrativas.

La agencia administrativa encargada es responsable de supervisar el comportamiento de sanción administrativa de la organización encargada y asumir la responsabilidad legal por las consecuencias de este comportamiento.

La organización encomendada implementará sanciones administrativas en nombre de la agencia administrativa encargada dentro del alcance de la encomienda; no encomendará a otras organizaciones o individuos la implementación de sanciones administrativas.

Condiciones para la organización encargada:

Artículo 19 La organización encargada deberá cumplir las siguientes condiciones:

Una institución creada de conformidad con la ley para gestionar los asuntos públicos ;

(2) Contar con personal que esté familiarizado con las leyes, reglamentos, normas y negocios pertinentes;

(3) Si se requiere inspección técnica o evaluación técnica para actividades ilegales, los técnicos correspondientes Se puede organizar inspección o tasación técnica. Tasación técnica.