La invitación a tratar es jurídicamente vinculante.
Análisis jurídico: La invitación a tratar sólo tiene una función instrumental y no es un ordenamiento jurídico. Aunque algunos académicos creen que si quien invita retira una oferta, siempre y cuando no haya pérdida de intereses fiduciarios para la contraparte de buena fe, el oferente generalmente no asume responsabilidad legal y expresa una opinión que no niega en absoluto la efectividad de la oferta. invitación a ofrecer, pero no señala más la validez de la invitación a ofrecer cuál es el efecto legal.
Base jurídica: Artículo 473 del Derecho Civil de la República Popular China. Una invitación a tratar es una expresión de esperanza de que otros le harán una oferta a uno mismo. Los anuncios de subasta, los anuncios de licitación, los folletos, los métodos de cobro de bonos, los folletos de fondos, los anuncios y publicidad comerciales y las listas de precios enviadas son todas invitaciones a ofrecer.
Si el contenido de los anuncios comerciales y la publicidad cumple las condiciones de una oferta, ésta constituye una oferta.