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Cómo juzgar las lesiones leves de segundo grado por negligencia

La pena por lesión negligente y lesión leve es:

1. Si la lesión no es intencional pero causa daño leve a la otra parte, no habrá pena de prisión, porque el daño leve causado por lesión negligente no lo hace. constituye un delito.

2. Si el autor por negligencia lesiona a otros y causa lesiones graves, constituye delito de negligencia que causa lesiones graves y requiere pena de prisión.

¿Cómo juzgar las heridas por arma blanca y las heridas leves?

1. El que apuñale a alguien con un cuchillo y le cause heridas leves, será castigado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia pública.

2. La lesión intencional, que hace que la lesión de una persona sea casi una lesión menor, tiene poco impacto social y la culpa la tiene la víctima. , condenado a prisión o vigilancia criminal;

3. El que intencionalmente dañe la salud de otros y cause lesiones leves, pero cercanas a ellas, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a seis meses;

4. Si la lesión es entre leve y grave, la pena es de un año de prisión.

5. El daño intencional a otros sólo constituye delito de daño intencional si causa algo más que un daño leve.

En definitiva, el acto ilegal de lesión intencional es una violación grave de los derechos e intereses personales de otros. Los estándares específicos de juicio y procesamiento deben basarse en los hechos y consecuencias criminales reales, y se debe determinar el motivo criminal. Quienes cumplan los criterios para presentar un caso deben ser investigados por responsabilidad penal y quienes causen consecuencias graves deben ser castigados severamente.

Base jurídica:

Derecho Penal de la República Popular China

Artículo 15

Prever que las propias acciones puedan tener consecuencias perjudiciales para sociedad, pero no preverlo por negligencia, o pensar que podría evitarse porque estaba previsto, es delito de negligencia.

Por delitos de negligencia, sólo asumen responsabilidad penal las personas previstas por la ley.

Artículo 234

El que intencionalmente dañe el cuerpo de otro, será castigado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública.

Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, el que cause la muerte o una invalidez grave por medios especialmente crueles; Será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o a cadena perpetua o pena de muerte. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.

Artículo 235

El que por negligencia lesione a otros y cause lesiones graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión penal. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.