Conceptos y tipos de defensa
1. Defensa propia, donde el sospechoso o imputado refuta, defiende y excusa la acusación.
2. casos El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento, y un sospechoso de un delito en un caso de procesamiento público tiene derecho a confiar un defensor a partir de la fecha en que el caso se transfiere a la Fiscalía Popular para su revisión y enjuiciamiento
3. La defensa designada sólo aplica para la etapa de juicio, y los defensores designados sólo pueden ser abogados.
¿Cuáles son los procedimientos de defensa en las causas penales?
1. Cuando un abogado solicite al Tribunal Popular notificar a testigos, tasadores y productores de actas de inspección para que comparezcan ante el tribunal a declarar, deberá hacer una lista de las personas antes mencionadas e indicar sus identidades. , direcciones, direcciones postales, etc. y explicar los hechos a probar y presentarlos al Tribunal Popular antes de la audiencia;
2. Después de recibir la notificación de la audiencia, el abogado deberá comparecer puntualmente ante el tribunal. Si no puede comparecer ante el tribunal debido a cualquiera de las siguientes circunstancias, debe comunicarse con el tribunal de inmediato y solicitar una extensión de la audiencia. Un abogado que reciba más de dos notificaciones de audiencia judicial sólo podrá asistir puntualmente a una de ellas. El abogado descubre importantes pistas de evidencia antes del juicio y necesita investigar más a fondo y recopilar pruebas o solicitar que nuevos testigos comparezcan ante el tribunal para testificar, pero no puede comparecer ante el tribunal a tiempo por razones objetivas.
3. Si un abogado recibe un aviso de comparecencia dentro de los tres días anteriores a la audiencia, tiene derecho a solicitar al tribunal que cambie la fecha de la audiencia; el demandado al solicitar la recusación.
Base jurídica: Artículo 33 de la “Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China”.
El método de defensa y el alcance de la defensa. Además de ejercer su derecho a la defensa, los sospechosos y acusados de un delito también pueden confiar la defensa a una o dos personas. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:
(1) Abogados;
(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;
(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.