Leyes relacionadas con los sistemas de gestión de la calidad
Artículo 1 Con el fin de manejar las quejas de certificación y acreditación de manera oportuna, precisa y justa y proteger los derechos e intereses legítimos de las partes interesadas, la Comisión Nacional de Supervisión y Administración de Certificación y Acreditación (en adelante CNCA) funciona y formula estas Medidas.
Artículo 2 Si cualquier organización o individuo cree que el comportamiento de las instituciones de certificación y acreditación, el personal o las organizaciones certificadas es ilegal, tiene derecho a quejarse e informar a la CNCA de conformidad con estas Medidas.
Artículo 3 La tramitación de quejas seguirá los siguientes principios:
(1) Basado en hechos, leyes y reglamentos como criterio;
(2) Protección El principio de los derechos e intereses legítimos de las partes;
(3) El principio de legalidad y racionalidad;
(4) El principio de apertura, equidad e imparcialidad;
(5 ) principio de alta eficiencia y economía.
Artículo 4 El Departamento de Políticas y Asuntos Jurídicos de la Comisión de Administración y Supervisión de Certificación y Acreditación (en adelante, el Departamento Jurídico) es responsable de aceptar uniformemente quejas e informes sobre certificación y acreditación y organizar la investigación. y castigo de violaciones importantes de certificación y acreditación.
Artículo 5: Las quejas y los informes sobre violaciones generales de certificación y acreditación serán transferidos por el Departamento Legal a los departamentos de supervisión empresarial pertinentes para su manejo; el Departamento Legal organizará los departamentos de supervisión empresarial pertinentes para establecer un caso; Manejo del grupo de trabajo para manejar casos de certificación y acreditación. Se revisarán y manejarán quejas y apelaciones relacionadas con violaciones importantes de leyes o regulaciones.
Capítulo 2 Procedimiento de Tramitación de Quejas
Artículo 6 Si el interesado tiene objeciones a la decisión de la agencia de certificación y acreditación, podrá apelar ante la agencia que tomó la decisión. Si aún no está de acuerdo con el resultado, puede apelar ante la CNCA.
Si las partes creen que el comportamiento de la agencia de certificación y acreditación ha vulnerado gravemente sus derechos e intereses legítimos, también podrán apelar directamente ante la CNCA.
Artículo 7 La parte que presenta una denuncia ante la CNCA debe cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener un demandado claro;
(2) Tener un solicitud de queja, hechos y motivos;
(3) Se encuentra dentro del alcance de la certificación y acreditación.
Artículo 8 La denuncia presentada por una de las partes se hará por escrito por duplicado y especificará las siguientes materias:
(1) Nombre, dirección, número de teléfono y código postal de la parte ( la parte Si el demandado es una persona natural, se hará constar el nombre, dirección, número de teléfono y código postal);
(2) El nombre, dirección, número de teléfono y código postal del demandado;
(3) Los requisitos, motivos y fundamentos fácticos relevantes de la denuncia.
Artículo 9 Si una parte encomienda a un agente la presentación de una denuncia, éste deberá presentar un poder ante la CNCA.
Artículo 10 La CNCA tomará las siguientes decisiones dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de la denuncia:
(1) Aceptar la denuncia de conformidad con lo dispuesto en estas Medidas;
(2) Si la denuncia no cumple con los requisitos, se notificará al denunciante por escrito y se explicarán los motivos del rechazo.
Artículo 11 No se aceptarán ni darán por terminadas las siguientes quejas:
(1) El tribunal, institución de arbitraje u otra agencia administrativa la haya aceptado o tramitado;
(2) Las partes no pueden probar que se han vulnerado sus derechos e intereses;
(3) No entra dentro del alcance de la certificación y acreditación.
Artículo 12 Una vez que la CNCA acepte la denuncia del interesado, el responsable deberá cumplimentar el "Formulario de registro de casos de denuncia" y adjuntar los materiales pertinentes.
Artículo 13 Después de aceptar un caso de queja, CNCA enviará una copia de la queja al demandado dentro de los 5 días hábiles, y el demandado deberá presentar una carta de defensa y los documentos relevantes dentro de los 5 días posteriores a la recepción de una copia de la denuncia.
Artículo 14 Las partes interesadas deberán proporcionar pruebas de sus quejas y recogerlas ellos mismos o convocar a las partes pertinentes para investigar, y las partes pertinentes cooperarán.
Artículo 15, la CNCA podrá encomendar a las instituciones de certificación y acreditación pertinentes la asistencia en la investigación y la recopilación de pruebas, y las instituciones de certificación y acreditación encargadas proporcionarán asistencia. Artículo 16 Si la CNCA considera que es necesario realizar una evaluación o prueba sobre temas especializados, podrá presentarla a una agencia de evaluación o prueba legal acordada por las partes para su evaluación o prueba, o podrá realizarse mediante una evaluación o prueba legal. agencia designada por la CNCA y acordada por las partes. El costo de la identificación o prueba será pagado por adelantado por el denunciante o demandado y correrá a cargo del responsable al final del proceso.
Artículo 17 Si la queja de una parte puede resolverse mediante negociación o mediación, se preparará una carta de mediación.
Artículo 18 La carta de mediación expresará la solicitud de apelación y los resultados del acuerdo de las partes. La carta de mediación deberá ser firmada por el responsable, sellada con el sello de CNCA y notificada a ambas partes.
Artículo 19 La CNCA resolverá dentro de los tres meses siguientes a la fecha de aceptación de la denuncia de la parte.
Si es necesario extender el período de procesamiento debido a circunstancias especiales, se debe informar al líder de la CNCA para su aprobación. Artículo 20: Por violación de las normas por parte del demandado, la CNCA podrá tomar decisiones tales como emitir un escrito de crítica o suspender las calificaciones pertinentes.
Artículo 21 El comportamiento ilegal del demandado será transferido por CNCA al departamento administrativo de inspección de calidad local para su procesamiento. El departamento administrativo de inspección de calidad local deberá informar el estado de la investigación a la CNCA de manera oportuna.
Capítulo 3 Procedimiento de manejo de quejas
Artículo 22 Las quejas ante la CNCA deben incluir los siguientes asuntos:
(1) Hay un demandado claro;
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(2) Hay quejas específicas;
(3) La información de contacto del denunciante.
Artículo 23: Luego de recibir una denuncia, el departamento jurídico de la CNCA realizará una verificación preliminar. Las siguientes quejas no serán aceptadas ni rescindidas:
(1) El tribunal, institución de arbitraje u otra agencia administrativa la haya aceptado o manejado;
(2) Los hechos de la queja no son concluyentes o irrazonables o inconsistentes con los hechos;
(3) No entra dentro del alcance de la certificación y acreditación.
Artículo 24 Si una denuncia cumple con las condiciones para la presentación de una denuncia, se completará un formulario de registro de presentación de denuncia y se aceptará el caso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de estas Medidas.
Artículo 25 La CNCA podrá encomendar a agencias de acreditación o departamentos administrativos locales de inspección de calidad la gestión de las quejas que acepte. La institución o departamento encargado informará los resultados del procesamiento al departamento legal de la CNCA de manera oportuna.
Artículo 26 Si la CNCA considera que es necesario recopilar pruebas para manejar un caso de denuncia, podrá recopilar pruebas por su cuenta u organizar personal para realizar investigaciones in situ de conformidad con las disposiciones legales, administrativas y administrativas. reglamentos y normas. Las partes pertinentes cooperarán y proporcionarán verazmente la información pertinente.
Artículo 27 La CNCA resolverá dentro de los tres meses siguientes a la fecha de presentación del caso.
Artículo 28: Por violación de las normas por parte del demandado, la CNCA podrá tomar la decisión de emitir un escrito de crítica o suspender las calificaciones correspondientes.
Artículo 29: La conducta ilegal del demandado será transferida por CNCA al departamento administrativo de inspección de calidad local para su procesamiento. El departamento administrativo de inspección de calidad local deberá informar el estado de la investigación a la CNCA de manera oportuna.
Artículo 30 Una vez tramitado el caso de denuncia, si hay un denunciante claro, el responsable informará al denunciante de los resultados de la tramitación.
Capítulo 4 Supervisión y Gestión de Quejas
Artículo 31 El Departamento Jurídico inspeccionará periódicamente la tramitación de las quejas y casos de apelación, y corregirá prontamente los problemas encontrados.
Artículo 32 La CNCA establecerá y mejorará un sistema de gestión de quejas y expedientes de quejas. Dentro de los 7 días posteriores al cierre del caso de apelación o acusación, el responsable deberá trasladar el expediente de apelación o acusación al departamento de asuntos jurídicos.
El período de almacenamiento de los archivos se puede determinar en función del contenido de la denuncia, la importancia de la misma y el valor de retención.
Artículo 33 La CNCA establecerá un sistema estadístico de información sobre quejas y manejo de quejas.
Artículo 34 Los funcionarios responsables de la tramitación de quejas y casos de quejas que tengan un interés directo en las quejas y quejas se abstendrán.
Artículo 35 El personal responsable de manejar quejas y apelaciones es responsable de mantener confidencial cualquier información no pública relacionada con casos de quejas y apelaciones.
Capítulo 5 Disposiciones complementarias
Artículo 36 Las quejas mencionadas en estas Medidas se refieren a objeciones planteadas por partes directamente afectadas por decisiones tomadas por las agencias de certificación y acreditación pertinentes.
El término "quejas", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a informes realizados por cualquier organización o individuo que crea que las instituciones, personal u organizaciones certificadas de certificación y acreditación relevantes han violado leyes y regulaciones.
El término “instituciones de certificación y acreditación”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a instituciones de acreditación/registro, instituciones de certificación, instituciones de consultoría de certificación, instituciones de capacitación en certificación e instituciones de prueba e inspección relacionadas.
Artículo 37 La CNCA es responsable de la interpretación de este reglamento.
Artículo 38 Las presentes Medidas entrarán en vigor en la fecha de su promulgación.