Análisis: Todos son iguales ante la ley y disfrutan de iguales derechos.
1. "Igualdad" no es "reciprocidad". "Todos son iguales ante la ley" no puede entenderse como "todos son iguales ante la ley". Hay diferencias entre las personas, y esta es la diversidad de "personas". Es decir, cada uno de nosotros no sólo es diferente en altura, peso, color de piel, sino también en aficiones, personalidad, habilidades, niveles, etc. Esta diferencia proviene de las diferencias en cada uno de nuestros códigos genéticos. El requisito de que todos sean iguales en el estado de naturaleza significa en realidad la muerte de los seres humanos, y la diversidad humana es el requisito previo para la existencia y el desarrollo humanos. Como dice el refrán: "Diez dedos tienen longitud y las ramas de las montañas tienen altura". O "Diez dedos tienen longitud y las flores de loto tienen altura". En el ámbito de las actividades de gestión social y pública, si se exige que todos sean iguales, inevitablemente caerán en el pozo del igualitarismo. Hemos aprendido una profunda lección al respecto.
2. La “igualdad” se puede dividir en igualdad formal e igualdad sustantiva, o entre igualdad cuantitativa e igualdad cualitativa. Por ejemplo, al pagar las cuotas de membresía de las Naciones Unidas, los países pagan tarifas diferentes. Entre ellos, Estados Unidos, Alemania y Japón pagan más de 100 millones de dólares al año, y China ocupa el puesto 13. Aunque las tarifas que paga cada país son diferentes, en términos de sus propias capacidades, no hay mucha diferencia en si "hacen lo mejor que pueden". Por ejemplo, aunque China aportó 20 millones de dólares en 2002, hemos hecho lo mejor que hemos podido y Estados Unidos fue el que más contribuyó, pero en términos de capacidades, no hay mucha diferencia con otros países en desarrollo.
3. "Igualdad" se refiere a la igualdad de toda la sociedad, no a la igualdad de todo. Algunas personas piensan que los deportes son los más desiguales. Por ejemplo, los jugadores de baloncesto suelen exigir una altura de 1,90 metros o más, y muchos jóvenes talentos se ven bloqueados. De hecho, cuando se seleccionan jugadores de baloncesto y voleibol, el requisito suele ser superior a 1,90 metros. Sin embargo, cuando se seleccionan gimnastas masculinos, el requisito no suele ser superior a 1,70 metros. Cuando se seleccionan jugadores de fútbol, no existen requisitos de altura especiales. Entonces, si bien puede parecer que hay desigualdad en los deportes, existe igualdad en la sociedad en su conjunto. Por tanto, la "igualdad" no es un fenómeno individual o parcial, sino la "igualdad" de la sociedad en su conjunto. En este sentido, la igualdad no es absoluta sino relativa.
4. Al comprender que "todos son iguales ante la ley", no se pueden ignorar los intereses y requisitos generales de la sociedad, incluidas las necesidades especiales de la sociedad y los requisitos de la industria. Cuando perseguimos la "igualdad", no podemos ignorar los intereses y necesidades especiales de la sociedad. Por ejemplo, en industrias de servicios profesionales, como las azafatas, se deberían permitir restricciones de altura. De manera similar, los organismos judiciales especializados, como fiscalías y tribunales, también imponen requisitos especiales, como calificaciones académicas, al contratar personas.
5. "Todos son iguales ante la ley" tiene elementos ideales, y su realización final requiere el progreso y el desarrollo económico, político y cultural general de toda la sociedad. Sabemos que este principio proviene de una consigna lanzada durante la revolución burguesa. Al tratarse de un eslogan publicitario, debe contener elementos emocionales como exageración y exageración. Desde un análisis racional, este principio tiene elementos ideales. En la actualidad, "todos son iguales ante la ley" debería significar la igualdad de la gran mayoría de las personas. Por ejemplo, en ciudades chinas como Beijing y Shanghai, los adolescentes pueden disfrutar de mejores condiciones de vida, educativas y culturales, mientras que las condiciones para los adolescentes en el continente, especialmente en las zonas rurales, son mucho peores. Este es un fenómeno objetivo que no podemos ignorar. Entonces cuando decimos "todos son iguales" no es absoluto, sino relativo.
6. En lo que respecta a la teoría jurídica, la igualdad de la que hablamos es una igualdad de derechos y capacidades, no una igualdad de capacidades conductuales. La denominada capacidad de derechos civiles se refiere a la capacidad de disfrutar de derechos y asumir obligaciones de conformidad con la ley. La capacidad de obrar del ciudadano se refiere a las calificaciones del ciudadano para poder ejercer derechos y asumir obligaciones conforme a la ley mediante sus propios actos, modificando o extinguiendo así las relaciones jurídicas. Todos los ciudadanos tienen iguales derechos y capacidades.
Los "Principios generales del derecho civil" estipulan que los ciudadanos tienen capacidad para ejercer derechos civiles desde el nacimiento hasta la muerte, disfrutan de derechos civiles y asumen obligaciones civiles de conformidad con la ley. Sin embargo, las habilidades no son iguales. Las leyes de nuestro país establecen que los menores de diez años son personas sin capacidad para conductas civiles, y sus representantes legales actuarán como agentes para las actividades civiles. Los menores de diez años son personas con capacidad de conducta limitada y pueden ejercer actividades civiles acordes con su edad e inteligencia. Las demás actividades civiles se realizan por su representante legal o con el consentimiento de su representante legal los ciudadanos mayores de 16 años y menores de 18 años, y los ciudadanos mayores de 18 años que tengan como principal fuente de ingresos sus propios ingresos laborales; vivir, tener plena capacidad de obrar. Persona que puede ejercer independientemente actividades civiles.
En definitiva, el principio de “todos son iguales ante la ley” no puede hacerse absoluto en la vida sino que se refleja más en la igualdad de derechos y capacidades. Hay muchas excepciones en la vida real. Este principio tiene ciertos elementos ideales y su realización final aún requiere desarrollo social. Al implementar este principio, no defendemos ni el igualitarismo ni el idealismo. Podemos esperar este principio con una actitud racional sin renunciar a la búsqueda de maximizar este ideal. Esto nos ayudará a analizar y abordar correctamente los problemas de la vida real con una mente tranquila y comprender estos desarrollos desde un punto de vista científico. .