Red de Respuestas Legales - Conocimientos legales - ¿Puede el fiscal exigir a la otra parte el pago de los honorarios del abogado?

¿Puede el fiscal exigir a la otra parte el pago de los honorarios del abogado?

Al presentar una demanda, no puede exigir a la otra parte que pague los honorarios de los abogados.

Los honorarios del abogado generalmente los paga el cliente. Generalmente quien contrata al abogado paga por ello. Sin embargo, en algunos casos, como cuando las partes de un contrato han acordado sobre el tema de los honorarios de los abogados, o en algunos casos de propiedad intelectual, como los derechos de marca y los derechos de patente, si el demandante exige que el demandado en la demanda se haga cargo de los honorarios del abogado. incurridos al investigar y detener la infracción, el tribunal puede ordenar que los honorarios de los abogados corran a cargo de la parte perdedora. Además, si las partes acuerdan en el contrato que los honorarios de los abogados correrán a cargo de la parte perdedora, entonces el reclamo por los honorarios de los abogados generalmente será respaldado al demandar o arbitrar.

Al redactar el contrato, las partes del contrato pueden enumerar los honorarios de los abogados como daños y perjuicios e incluso estipular en detalle el método y el estándar para asumir los honorarios de los abogados. Al redactar dicha cláusula de incumplimiento de contrato, se debe prestar especial atención a indicar claramente los "honorarios de abogado". Al demandar, el demandante debe presentar el contrato de encomienda firmado con el bufete de abogados y la factura de honorarios de abogado emitida por el bufete de abogados como prueba del pago de los honorarios del abogado. Pero el monto específico de la manutención depende del criterio del juez. Dependiendo de la naturaleza del caso, los tribunales a menudo otorgarán honorarios de abogados “razonables” en lugar de los costos totales.

Base jurídica

Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas al juicio de casos de indemnización por daños personales

Artículo 17 Los gastos de manutención del dependiente se determinarán con base en en función de la lesión del dependiente, el grado de discapacidad se calculará sobre la base del gasto de consumo per cápita de los residentes urbanos y el gasto de consumo anual per cápita de los residentes rurales en la ubicación del tribunal de apelación en el año anterior. Si el dependiente es menor de edad, el período se computará como si tuviera dieciocho años; si el dependiente es incapaz de trabajar y no tiene otra fuente de sustento, el período se computará como 20 años. Sin embargo, si tienes más de 60 años, tu edad se reducirá en un año por cada año adicional; si tienes más de 75 años, tu edad se computará como cinco años; Los dependientes se refieren a menores que están legalmente obligados a sustentar a sus hijos o a parientes cercanos adultos que han perdido la capacidad de trabajar y no tienen otra fuente de sustento. Si el dependiente tiene otros dependientes, el obligado a indemnizar sólo indemnizará a la víctima la parte que conforme a ley le corresponde. Si hay varios dependientes, la compensación anual total no excederá el gasto de consumo per cápita de los residentes urbanos o el gasto de consumo vital anual per cápita de los residentes rurales en el año anterior.