Medidas Provisionales para la Administración de Sociedades de Garantía de Financiamiento (texto completo)
Artículo 2 El término “garantía de financiación” tal como se menciona en estas Medidas se refiere al acuerdo entre el garante y las instituciones financieras bancarias y otros acreedores de que si la parte garantizada no cumple con la deuda de financiación contraída con el acreedor, El fiador asumirá las obligaciones contractuales de conformidad con la ley en los actos de responsabilidad de garantía.
Las sociedades de garantía de financiación mencionadas en estas Medidas se refieren a sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas constituidas de conformidad con la ley y dedicadas a actividades de garantía de financiación.
El término "departamentos de supervisión", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a los departamentos designados por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central para ser responsables de la supervisión y gestión del financiamiento. compañías de garantía dentro de sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 3 Las sociedades de garantía de financiación tendrán como principios de funcionamiento la seguridad, la liquidez y la rentabilidad y establecerán un modelo de funcionamiento sostenido y prudente de funcionamiento orientado al mercado.
Las relaciones comerciales de las compañías de garantía de financiación con empresas, instituciones bancarias financieras y otros clientes deben respetar el principio de honestidad y confiabilidad y respetar los contratos.
Artículo 4 Las sociedades de garantía de financiación realizarán sus actividades de conformidad con la ley y no estarán sujetas a injerencia de ningún organismo, unidad o individuo.
Artículo 5 Las empresas de garantía de financiación deberán respetar las leyes, los reglamentos y las disposiciones de estas Medidas cuando realicen negocios y no perjudicarán los intereses nacionales ni los intereses públicos sociales.
Las sociedades de garantía de financiación guardarán secretos para sus clientes y no utilizarán la información proporcionada por los clientes para realizar actividades ajenas al negocio de garantía o que perjudiquen los intereses de los clientes.
Artículo 6 Las empresas de garantía de financiación respetarán el principio de competencia leal y no incurrirán en competencia desleal.
Artículo 7 Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central implementarán la gestión territorial de las empresas de garantía de financiación. Los departamentos reguladores determinados por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central serán específicamente responsables de la entrada, salida, supervisión diaria y disposición de riesgos de las compañías de garantía financiera en sus respectivas jurisdicciones, e informarán al reunión conjunta interministerial para la supervisión de las empresas de garantía de financiación establecida por el Consejo de Estado. Artículo 8 El establecimiento de sociedades de garantía de financiación y de sus sucursales estará sujeto a la aprobación de las autoridades reguladoras.
Las empresas de garantía financiera aprobadas y sus sucursales deberán recibir licencias comerciales de las autoridades reguladoras y deberán solicitar el registro ante el departamento de administración industrial y comercial con base en las licencias.
Sin la aprobación de las autoridades reguladoras, ninguna unidad o individuo podrá dedicarse a negocios de garantía de financiación, ni utilizar la palabra garantía de financiación en su nombre, a menos que las leyes y reglamentos administrativos dispongan lo contrario.
Artículo 9 Para constituir una sociedad de garantía de financiamiento deberán cumplirse las siguientes condiciones:
(1) Contar con estatutos sociales que cumplan con los requisitos de la "Ley de Sociedades de la República Popular". de China".
(2) Hay accionistas que pueden seguir invirtiendo.
(3) Tener un capital registrado que cumpla con los requisitos de estas Medidas.
(4) Contar con directores, supervisores, altos directivos y profesionales calificados.
(5) Contar con una sólida estructura organizacional, control interno y sistema de gestión de riesgos.
(6) Contar con un local comercial que cumpla con los requisitos.
(7) Otras condiciones prudenciales especificadas por las autoridades reguladoras.
Las medidas de gestión de la cualificación de los administradores, supervisores, altos directivos y empleados serán formuladas separadamente por la reunión conjunta interministerial para la supervisión de las actividades de garantía de financiación.
Artículo 10 Las autoridades reguladoras estipularán el capital registrado mínimo de las empresas de garantía de financiación en función de las condiciones reales locales, pero no será inferior a 5 millones de RMB.
El capital social es capital monetario desembolsado.
Artículo 11 Para constituir una sociedad de garantía de financiación, se deberán presentar a las autoridades reguladoras los siguientes documentos y materiales:
(1) Solicitud. Indique el nombre, domicilio, capital social y objeto social de la sociedad de garantía de financiación que se pretenda constituir.
(2) Informe del estudio de viabilidad.
(3) Proyecto de Estatutos Sociales.
(4) Relación de accionistas, su aportación de capital y estructura patrimonial.
(5) Certificado de verificación de capital del aporte de capital de los accionistas, certificados de crédito y materiales relacionados de accionistas con capital registrado de 5 o más.
(6) Certificados de calificación de los directores, supervisores y altos directivos propuestos.
(7) Estrategia y planificación del desarrollo empresarial.
(8) Documentos que acrediten el lugar de negocio.
(9) Otros documentos y materiales requeridos por las autoridades reguladoras.
Artículo 12 Si una sociedad de garantía de financiamiento presenta alguno de los siguientes cambios, estará sujeto a revisión y aprobación por parte de las autoridades reguladoras:
(1) Cambio de nombre.
(2) Cambiar la forma organizativa.
(3) Cambio de capital social.
(4) Cambiar el domicilio de la empresa.
(5) Ajustar el alcance del negocio.
(6) Cambio de directores, supervisores y altos directivos.
(7) Cambio de accionistas titulares de más de 5 acciones.
(8) Dividir o fusionar.
(9) Modificar los estatutos sociales.
(10) Otros cambios estipulados por las autoridades regulatorias.
Si los cambios de una compañía de garantía financiera involucran asuntos de registro de la empresa, deberá solicitar al departamento de administración industrial y comercial el registro del cambio después de la revisión y aprobación por parte de las autoridades reguladoras.
Artículo 13 Si una sociedad de garantía financiera establece sucursales en provincias, regiones autónomas o municipios directamente dependientes del Gobierno Central, deberá obtener el consentimiento del departamento regulador donde está ubicada la sociedad de garantía financiera y obtener la aprobación. del departamento regulatorio donde se establecerá la sucursal.
Artículo 14 Si una sociedad de garantía de financiación necesita disolverse por causas de escisión, fusión o disolución previstas en los estatutos, estará sujeta a la aprobación del departamento regulador, y acudirá al departamento administrativo industrial y comercial con el documento de aprobación para gestionar la baja en tiempo y forma.
Artículo 15 Si una empresa de garantía de financiación ha cometido importantes actividades comerciales ilegales y la falta de cancelación de la empresa pondrá en grave peligro el orden del mercado y perjudicará los intereses sociales y públicos, las autoridades reguladoras cancelarán la empresa. Salvo que las leyes y reglamentos administrativos dispongan lo contrario.
Artículo 16 Si una sociedad de garantía financiera se disuelve o revoca, se establecerá un equipo de liquidación para llevar a cabo la liquidación de conformidad con la ley y pagar las deudas pertinentes de manera oportuna de acuerdo con el plan de liquidación de deuda. Las autoridades supervisoras supervisan su proceso de liquidación.
Antes de que se levante la responsabilidad de garantía, los accionistas de la empresa no distribuirán la propiedad de la empresa ni obtendrán ningún beneficio de la empresa.
Artículo 17 Si una sociedad de garantía financiera no puede pagar sus deudas vencidas y sus activos son insuficientes para pagar todas las deudas o evidentemente carece de capacidad de pago, declarará en quiebra de conformidad con la ley. Artículo 18 Con la aprobación de las autoridades reguladoras, las empresas de garantía de financiación podrán operar algunos o todos los siguientes negocios de garantía de financiación:
(1) Garantías de préstamos.
(2) Garantía de aceptación de billetes.
(3) Garantía de financiación del comercio.
(4) Garantía de financiación del proyecto.
(5)Carta de garantía de crédito.
(6) Otros negocios de garantía de financiación.
Artículo 19 Con la aprobación de las autoridades reguladoras, las sociedades de garantía de financiación podrán realizar simultáneamente alguno o todos los siguientes negocios:
(1) Garantía de preservación de litigios.
(2) Servicios de garantía de desempeño, como garantía de oferta, garantía de pago anticipado, garantía de desempeño del proyecto y garantía de pago final.
(3) Consultoría de financiación, asesoramiento financiero y otros servicios de intermediación relacionados con el negocio de garantía.
(4) Invertir con fondos propios.
(5) Otros negocios especificados por las autoridades regulatorias.
Artículo 20 Una sociedad de garantía de financiación podrá regarantizar los pasivos de garantía de otras sociedades de garantía de financiación y gestionar negocios de garantía de emisión de bonos, pero deberá cumplir al mismo tiempo las siguientes condiciones:
(1) No hay malos antecedentes de violaciones de leyes y regulaciones en los últimos dos años.
(2) Otras condiciones prudenciales especificadas por las autoridades reguladoras.
Las sociedades de garantía de financiación que se dediquen a actividades de regarantía, además de cumplir las condiciones especificadas en el párrafo anterior, deberán tener también un capital social no inferior a 6.543,8 millones de yuanes y haber estado en actividad durante más de dos años.
Artículo 21 Las sociedades de garantía de financiación no podrán realizar las siguientes actividades:
(1) Captación de depósitos.
(2) Conceder préstamos.
(3) Encargado de la emisión de préstamos.
(4) Inversión encomendada.
(5) Otras actividades prohibidas por las autoridades reguladoras.
Si una empresa de garantía financiera participa en actividades ilegales de recaudación de fondos, los departamentos pertinentes la investigarán y tratarán de conformidad con la ley. Artículo 22 Las sociedades de garantía de financiación establecerán y mejorarán las estructuras de gobierno corporativo de conformidad con la ley, mejorarán las normas procesales, los procedimientos de toma de decisiones y los sistemas de auditoría interna, y mantendrán la eficacia del gobierno corporativo.
Las sociedades de garantía de financiación con sucursales en provincias, comunidades autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central deberán tener dos o más consejeros independientes.
Artículo 23 Las sociedades de garantía de financiación establecerán un sistema de evaluación de garantías, procedimientos de toma de decisiones, un sistema de recuperación y disposición ex post, un mecanismo de alerta temprana de riesgos y un mecanismo de respuesta a emergencias que sean consistentes con los principios de operación prudente, y formular procedimientos de operación comercial estrictamente estandarizados, fortalecer la evaluación de riesgos y la gestión de proyectos de garantía.
Artículo 24 Las sociedades de garantía de financiación deberán equipar o emplear profesionales con cualificaciones pertinentes en los ámbitos económico, financiero, jurídico, técnico y otros.
Las sociedades de garantía de financiación con sucursales en provincias, comunidades autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central establecerán un director de cumplimiento y un director de riesgos. El director de cumplimiento y el director de riesgos deben ser personas que hayan obtenido las calificaciones pertinentes, como abogados o contadores públicos certificados, y tengan garantía financiera o experiencia relacionada con las finanzas.
Artículo 25 Las compañías de garantía de financiación establecerán y mejorarán sistemas de contabilidad financiera de acuerdo con el sistema financiero de las empresas financieras y las normas de contabilidad corporativa, y registrarán y reflejarán verdaderamente el estado financiero, los resultados operativos y el flujo de caja de la empresa. .
Artículo 26 La tarifa de garantía cobrada por la compañía de garantía de financiamiento puede ser determinada por la compañía de garantía de financiamiento y la parte garantizada mediante negociación independiente basada en el nivel de riesgo del proyecto garantizado, pero no debe violar las normas nacionales pertinentes. regulaciones.
Artículo 27 El saldo del pasivo de garantía de financiación de una sociedad de garantía de financiación frente a un único garante no podrá exceder del 65.438.000 de su patrimonio neto del pasivo de garantía de financiación de una sociedad de garantía de financiación frente a un único garante y sus vinculados. partes El saldo no excederá del 65.438 05 de su patrimonio neto, y la emisión de bonos a un solo garante no excederá del 30% de su patrimonio neto.
Artículo 28 El saldo de los pasivos de garantía de financiación de una sociedad de garantía de financiación no excederá de 10 veces su patrimonio neto.
Artículo 29 La inversión de fondos propios de una sociedad de garantía de financiación se limita a productos financieros de renta fija con calificaciones crediticias más altas, como bonos del tesoro, bonos financieros, instrumentos de financiación de deuda de grandes empresas y otros Productos financieros de renta fija sin conflictos de interés y la inversión total no supera el 20% de su patrimonio neto.
Artículo 30 Las empresas de garantía de financiación no prestarán garantías de financiación para sus empresas matrices o filiales.
Artículo 31 Una compañía de garantía financiera retirará las reservas de responsabilidad no vencidas a una tasa del 50% de los ingresos por comisiones de garantía del año en curso y retirará la compensación de garantía a una tasa no inferior al 65,438% del saldo del pasivo de garantía. reservas al final del año. Si la reserva de compensación de garantía alcanza el saldo del pasivo de garantía del año en curso de 65.438.000, se retirará el saldo. Los métodos para retirar la diferencia y los métodos de gestión para el uso de las reservas de compensación de garantía serán formulados por separado por las autoridades reguladoras.
Las autoridades reguladoras pueden proponer requisitos para aumentar el ratio de reservas de compensación de garantías en función del estado de riesgo de responsabilidad de las compañías de garantía de financiación y las necesidades de una supervisión prudente.
Las compañías de garantía de financiación implementarán una gestión de clasificación de riesgos de los pasivos de garantía y medirán con precisión los riesgos de los pasivos de garantía.
Artículo 32: Las sociedades de garantía de financiación y los acreedores establecerán relaciones comerciales basadas en el principio de consenso mediante consulta, y estipularán claramente en el contrato la forma de asumir la responsabilidad de garantía.
Artículo 33 Cuando una sociedad de garantía de financiación maneje negocios de garantía de financiación, acordará con el garantizado continuar obteniendo información relevante durante el período de garantía, y tendrá derecho a verificar la información relevante.
Artículo 34 Las sociedades de garantía de financiación y sus acreedores establecerán un mecanismo para el intercambio de información relevante sobre el garante durante el período de garantía, fortalecerán la orientación y supervisión crediticia del garante y salvaguardarán conjuntamente los derechos e intereses legítimos. de ambas partes.
Artículo 35 Las sociedades de garantía de financiación deberán, de conformidad con las normas de las autoridades reguladoras, notificar a los acreedores pertinentes información como gobierno corporativo, informes de contabilidad financiera, gestión de riesgos, composición y utilización del capital y la situación general. del negocio de garantía.
Artículo 36 El departamento regulador establecerá y mejorará el sistema de recopilación de información, clasificación, análisis estadístico y puntuación regulatoria para las compañías de garantía de financiamiento, monitoreará continuamente la operación y el estado de riesgo y completará la estructura del año anterior de las compañías de garantía de financiamiento supervisadas antes del final de Informe general de junio de cada año.
Artículo 37 Las sociedades de garantía de financiación deberán presentar oportunamente informes operativos, informes de contabilidad financiera, informes de cumplimiento legal y otros documentos y materiales a las autoridades reguladoras de conformidad con la normativa.
Los diversos documentos y materiales presentados por las empresas de garantía de financiación a los organismos reguladores deben ser verdaderos, exactos y completos.
Artículo 38 Las sociedades de garantía de financiación informarán trimestralmente a las autoridades reguladoras de su uso de capital.
Las autoridades reguladoras deberían presentar oportunamente requisitos para la calidad del capital y el índice de adecuación del capital de las compañías de garantía financiera en función de las necesidades de supervisión prudencial.
Artículo 39: Según las necesidades regulatorias, las autoridades reguladoras tienen el derecho de exigir a las compañías de garantía financiera que proporcionen materiales especiales, o entrevistar a sus directores, supervisores y altos directivos para entrevistas regulatorias y exigirles que expliquen los aspectos pertinentes. situaciones. O hacer las correcciones necesarias.
Cuando las autoridades reguladoras lo consideren necesario, podrán notificar a los acreedores las irregularidades o riesgos de las sociedades de garantía de financiación que supervisen.
Artículo 40: Las autoridades reguladoras podrán realizar inspecciones in situ de las empresas de garantía de financiación en función de las necesidades regulatorias, y las empresas de garantía de financiación deberán cooperar y proporcionar los documentos e información pertinentes requeridos por las autoridades reguladoras.
Durante la inspección in situ, el número de inspectores no será inferior a 2 y el aviso de inspección y los documentos pertinentes se presentarán a la empresa de garantía de financiación.
Artículo 41 Si una sociedad de garantía de financiación sufre fraude de garantía, compensación de garantía o pérdidas de inversión que pueden alcanzar un valor liquidativo superior al 5%, y los directores, supervisores y altos directivos están involucrados en violaciones graves de las leyes. y reglamentos, deberán tomar medidas de emergencia inmediatas e informar a las autoridades reguladoras.
Artículo 42 Las sociedades de garantía de financiación deberán informar oportunamente a las autoridades reguladoras las resoluciones importantes de las asambleas de accionistas o asambleas de accionistas, directorio y otras reuniones.
Artículo 43 Las empresas de garantía de financiación contratarán intermediarios sociales para realizar auditorías anuales y presentar informes de auditoría a las autoridades reguladoras en tiempo y forma.
Artículo 44 Las autoridades reguladoras trabajarán con los departamentos pertinentes para establecer un sistema para el descubrimiento, notificación y eliminación de emergencias en la industria de garantía financiera, formular planes de respuesta de emergencia para la industria de garantía financiera y aclarar la eliminación. agencias y sus responsabilidades, Medidas y procedimientos de disposición para manejar con prontitud y eficacia emergencias en la industria de garantías financieras.
Artículo 45 Las autoridades reguladoras realizarán un análisis y una evaluación integrales del desarrollo y supervisión anual de la industria de garantía financiera en la jurisdicción al final de cada año, e informarán sobre la industria de garantía financiera en la jurisdicción en el año anterior antes de finales de febrero de cada año, el estado de desarrollo y supervisión se informará a la reunión conjunta interministerial para la supervisión de las actividades de garantía de financiación y a los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Las autoridades reguladoras informarán prontamente a la reunión conjunta interministerial sobre la supervisión del negocio de garantía de financiación y a los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central los principales eventos y resoluciones de riesgo. del sector de garantías financieras en sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 46 La industria de garantía de financiación debe establecer organizaciones autorreguladoras de la industria para ejercer la autodisciplina, la protección de derechos, el servicio y otras responsabilidades.
La organización nacional de autorregulación del sector de garantía de financiación acepta las orientaciones de la reunión conjunta interministerial sobre la supervisión del negocio de garantía de financiación.
Artículo 47 El departamento de gestión de crédito incorporará información relevante de las empresas de garantía de financiación al sistema de gestión de crédito y proporcionará servicios para que las empresas de garantía de financiación consulten información relevante. Artículo 48 Si una persona dedicada a la supervisión y dirección del departamento de supervisión comete cualquiera de las siguientes circunstancias, se le impondrán sanciones administrativas conforme a la ley, si se constituye un delito, será penalmente responsable conforme a la ley; :
(1) Aprobación de sociedades de garantía de financiación en infracción de la normativa Constitución, modificaciones, extinción y ámbito de negocio.
(2) Realización de inspecciones in situ de sociedades de garantía de financiación en violación de la normativa.
(3) La falta de notificación de eventos importantes de riesgo y su manejo de conformidad con el artículo 45 de estas Medidas.
(4) Otras conductas que violen las leyes, reglamentos y lo dispuesto en las presentes Medidas.
Artículo 49 Si una sociedad de garantía financiera viola las leyes, los reglamentos y las disposiciones de estas Medidas, y las leyes y reglamentos pertinentes tienen disposiciones sobre sanciones, será sancionada de acuerdo con sus disposiciones si las leyes y reglamentos pertinentes lo hacen; no prevea sanciones, el departamento regulador ordenará que se puedan hacer correcciones, y se podrán dar advertencias y multas, si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá de conformidad con la ley;
Artículo 50 Cualquiera que viole las disposiciones del párrafo 3 del artículo 8 de estas Medidas y realice negocios de garantía de financiación sin autorización será prohibido y sancionado por los departamentos pertinentes quien utilice la palabra garantía de financiación en su nombre sin autorización; La autorización será sancionada por Las autoridades reguladoras ordenarán correcciones e impondrán sanciones de conformidad con la ley. Artículo 51 Las instituciones de garantía de financiación distintas del sistema societario que realicen negocios de garantía de financiación se remitirán a las disposiciones pertinentes de las presentes Medidas. Las medidas de implementación específicas serán formuladas por separado por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, y serán informadas a la reunión conjunta interministerial para la supervisión de las empresas de garantía de financiación para su registro.
Estas Medidas se aplicarán a las empresas de garantía de financiación con inversión extranjera. Si las leyes y reglamentos administrativos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones.
Las medidas para la gestión de las instituciones de regarantía de financiación serán formuladas por separado por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, y serán informadas a la reunión conjunta interministerial para la supervisión del negocio de garantía de financiación para el registro.
Artículo 52 Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán formular detalles de implementación de acuerdo con lo dispuesto en estas Medidas y presentarlos a la reunión conjunta interministerial para la supervisión de negocio de garantía de financiación para el registro.
Artículo 53 Si una sociedad de garantía de financiación establecida antes de la implementación de estas Medidas no cumple con los requisitos de estas Medidas, deberá cumplir con los requisitos de estas Medidas antes de 2011. Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central formularán planes específicos de normalización y rectificación.
Artículo 54 Las presentes Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.