El gobierno provincial de Guizhou legisló medidas de evaluación de redacción por parte de terceros
El término “evaluación”, como se menciona en estas Medidas, se refiere a la evaluación del establecimiento del proyecto y a la evaluación posterior a la legislación de las regulaciones locales y gubernamentales.
La evaluación de proyectos se refiere a la necesidad y viabilidad de los proyectos legislativos de primera clase requeridos por la unidad solicitante cuando el gobierno provincial, municipal (estatal) prepara el plan legislativo, y el impacto en la reforma, el desarrollo y estabilidad de la región. Actividades que pueden tener un impacto en las predicciones y juicios.
La evaluación posterior a la legislación se refiere al seguimiento de la calidad y los efectos de la implementación de las regulaciones locales y gubernamentales de acuerdo con ciertos estándares y procedimientos de acuerdo con sus propósitos legislativos y los requisitos del desarrollo económico y social después de que hayan sido implementadas para un período de tiempo y actividades para juzgar y emitir opiniones de manera integral.
Los terceros mencionados en estas Medidas se refieren a organizaciones tales como unidades de enseñanza y de investigación científica, agencias de servicios jurídicos, asociaciones industriales e intermediarios sociales. Artículo 4 La evaluación de la redacción de la legislación gubernamental por parte de terceros cumplirá con los requisitos de la toma de decisiones científica, la toma de decisiones democrática y la toma de decisiones de conformidad con la ley, y se adherirá a los principios de objetividad, equidad, apertura y transparencia. sistematicidad, exhaustividad y eficacia. Artículo 5 Las instituciones jurídicas de los gobiernos provinciales, municipales (estatales) y los departamentos pertinentes son las principales entidades responsables de la redacción y evaluación por terceros de la implementación de la legislación gubernamental.
Las agencias legales del gobierno provincial, municipal (estatal) son responsables de la organización, coordinación y supervisión de la redacción y evaluación de la legislación gubernamental por parte de terceros, y de la redacción y evaluación por parte de terceros de las regulaciones gubernamentales que implementan normativa local e importante gestión administrativa.
Los departamentos pertinentes de los gobiernos provinciales, municipales (estatales) emprenden el trabajo específico de redactar y evaluar la legislación gubernamental por parte de terceros de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 6 Los fondos necesarios para la redacción y evaluación de la legislación gubernamental por parte de terceros estarán garantizados por el presupuesto fiscal del gobierno al mismo nivel. Si el presupuesto de adquisiciones alcanza el límite estándar de contratación pública, la unidad que presta servicios se seleccionará de acuerdo con la ley mediante procedimientos de contratación pública. Artículo 7 El tercero que acepte la encomienda deberá cumplir las siguientes condiciones:
(1) Está constituido de conformidad con la ley y puede asumir responsabilidades civiles de forma independiente;
(2) Tiene la capacidad de estar familiarizado con la legislación administrativa y los asuntos administrativos o Personal que tenga conocimientos y habilidades profesionales relevantes y domine las especificaciones técnicas de la legislación y la evaluación;
(3) Tener experiencia práctica o resultados de investigación en legislación relevante y campos de evaluación;
(4) Tener garantía de personal y tiempo para completar las tareas de redacción y evaluación legislativa;
(5) Otras condiciones que deben cumplirse en función de las necesidades reales del proyecto encomendado. Artículo 8 Si el gobierno legisla confiando a un tercero la redacción de una evaluación, deberá firmar una evaluación encomendada o un acuerdo de redacción encomendado con el tercero encomendado, aclarando las tareas encomendadas, los requisitos de calidad, los plazos de finalización, la remuneración, los derechos de propiedad intelectual y las disposiciones de confidencialidad. , responsabilidad por incumplimiento de contrato, etc. Artículo 9 El tercero encomendado deberá cumplir con las normas de confidencialidad y no divulgará secretos de estado, secretos comerciales e información que aún no haya sido decidida y divulgada durante el proceso de evaluación y redacción. Artículo 10 La evaluación del proyecto será organizada por los órganos legales de los gobiernos provinciales, municipales (estatales). Las opiniones de todas las partes pueden escucharse mediante la celebración de simposios, reuniones de demostración, reuniones de consulta, etc. y también puede confiar a un tercero calificado para que evalúe los problemas relacionados según sea necesario.
Artículo 11 La evaluación de proyectos evalúa principalmente un tipo de proyectos legislativos que se incluirán en el plan legislativo. El contenido de la evaluación es el siguiente:
(1) La necesidad de la legislación, incluida la base legislativa, los antecedentes legislativos y. importancia de los asuntos legislativos;
(2) La viabilidad de la legislación, incluido si ha llegado el momento, si satisface las necesidades del desarrollo económico y social local, si existen las condiciones de implementación correspondientes y si se adoptan medidas de apoyo pertinentes. puede implementarse de manera oportuna;
p>
(3) El impacto que la introducción del proyecto legislativo puede tener en la reforma, el desarrollo y la estabilidad de la región;
(4) Los principales factores y cuestiones que pueden afectar la implementación del proyecto legislativo después de su introducción;
(5) Análisis costo-beneficio de la implementación de proyectos legislativos.
Cuando los departamentos pertinentes de los gobiernos provinciales, municipales (estatales) declaran un proyecto legislativo de primera clase a la agencia de asuntos legales del gobierno del mismo nivel, deberán presentar juntos un informe de evaluación del proyecto. El contenido del informe de evaluación del proyecto deberá ajustarse al contenido de la evaluación del proyecto especificado en el apartado 1 de este artículo. Si no se presenta un informe de evaluación del proyecto, en principio no se incluirá en el plan legislativo. Artículo 12 Si se confía a un tercero la realización de la evaluación del proyecto, se elaborará un informe de evaluación del proyecto, acompañado de la base legislativa y materiales de referencia. La base legislativa y los materiales de referencia incluyen los siguientes materiales:
(1) Leyes relevantes, regulaciones locales, regulaciones gubernamentales y documentos de políticas del país y nuestra provincia;
(2) Otras provincias (Reglamentos locales pertinentes y reglamentos gubernamentales de regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central), ciudades distritales y prefecturas autónomas;
(3) Discursos de liderazgo y materiales teóricos académicos relacionados con la legislación.