El policía auxiliar será despedido en cualquier momento después de un período de prueba de seis meses.
El artículo 19 de la Ley de Contrato de Trabajo estipula que si la duración del contrato de trabajo es superior a tres meses pero inferior a un año, el período de prueba no excederá de un mes si la duración del contrato de trabajo es superior a un año pero inferior a tres años; el período de prueba no excederá de dos meses; el período de prueba de un contrato de trabajo de duración determinada de más de tres años y un contrato de trabajo de duración indeterminada no excederá de seis meses. Un mismo empleador y un mismo empleado sólo pueden acordar un período de prueba. Los contratos de trabajo que se limiten a la realización de determinadas tareas laborales o tengan una duración inferior a tres meses no estipularán un período de prueba. Si el contrato de trabajo sólo estipula un período de prueba, no se establece el período de prueba y este período es la duración del contrato de trabajo. Se puede observar que la ley tiene normas claras y estrictas sobre el período de prueba. Es nulo todo acuerdo que viole y contradiga la ley.